Page 188 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
   En relación con la carrera profesional del funcionario tampoco deberían de existir excesivos obstáculos para la admisión de la técnica de las cuotas o de los objetivos numéricos, sobre todo en el caso de los ascensos o promociones a Cuer- pos superiores. Sin embargo, al no tratarse ya de obtener la inserción profesional de sujetos que tienen dificultades en el acceso al empleo, sino de mejoras en la situación que tienen los mismos cabría plantearse si, en sede de promoción interna –no ya en turno abierto- estarían justificadas dichas medidas, cuando el empleo de estas técnicas figuran ya previstas para todos los candidatos, incluidos los funcio- narios que desean presentarse a las pruebas, por esta otra vía, aunque ciertamente la de la promoción interna se encuentra privilegiada frente a las demás y cuenta con una fundamentación constitucional que podemos considerar más que suficiente20. A nuestro juicio, la cuestión presenta una mayor complejidad que la del mero acceso al empleo público y ha de ser examinada lege data, ya que es precisamente toman- do como base las vías de movilidad existente donde puede verse más claramente la justicia en términos de igualdad que puede tener la medida de acción positiva que intente implementarse, sobre todo en casos que pueden llegar a ser más dudo- sos21.
3.3.La concreción de la lucha por la igualdad de oportunidades en el Acuerdo de 24 de octubre de 2003
Si bien el Acuerdo confiere una marcada relevancia a la política de igualdad de oportunidades y a la articulación de medidas destinadas a hacer posible la conci- liación de la vida familiar y laboral sus redactores son conscientes de que el número de cambios que se recogen en el propio Acuerdo constituyen los primeros pasos en dicha dirección y que resta todavía bastante camino por recorrer hasta llegar al horizonte igualitario que ha sido marcado de común acuerdo como etapa final por quienes promueven el mismo22. Por ello prevén crear en el seno de la Mesa Sectorial de la Administración General una Mesa Técnica a la que se le encomienda todo el trabajo relativo a la materialización de dicha política. En palabras del Acuerdo (pun-
20 Ibid., p. 89 y ss.
21 No es lo mismo una provisión de un puesto de trabajo mediante concurso que por libre designación. Del mismo modo no es lo mismo una promoción a un cuerpo inmediatamente superior, que la integración en uno del mismo grupo de titulación. Por razones de espacio no podemos ahondar en el examen de toda esta problemática, merecedora por sí sola de un trabajo independiente, pero podemos adelantar que, en principio, y como ha quedado acreditado por la doctrina jurisprudencial comunitaria, estamos ante un terreno abonado para la incorporación de medidas de acción positiva. Un examen pormenorizado de dicha jurisprudencia en M.A. Martín Vida. Fundamento y límites... Ob. cit., p. 71.
22 Dicho objetivo, al igual que otros que se recoge en este Acuerdo se encuentran ya presentes en el Acuerdo de Modernización de 2002, ya citado, de la Administración General del Estado.
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