Page 192 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
naciones analizaremos seguidamente, los redactores del mismo han optado porque en el dedicado a la igualdad de oportunidades (debido a su conexión con el mismo) figure como doble atribución de la Mesa técnica de Igualdad de Oportunidades la de “estudiar y proponer a la Mesa Sectorial las medidas oportunas destinadas a la con- ciliación de la vida familiar y laboral, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente”. Como es sabido, la legislación vigente tiene su arranque en la Ley de 5 de noviembre de 1999, de Conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, texto legal conexo con el punto 3.2. d) orientado a conciliar las vidas profesional y familiar de los hombres y de las mujeres del IV Programa de acción co- munitaria entre hombres y mujeres (1996-2000)24. Se trata de un texto legal que ha supuesto mucho en el proceso de evolución de esta materia, ya que ha comportado poner sobre la mesa, con todas sus consecuencias, el problema de la conciliación y aunque en lo que respecta al mundo funcionarial tiene todavía muchas más posibili- dades de desarrollo, sus efectos positivos se han dejado notar de inmediato, aunque todavía queda margen para nuevas progresiones25.
En consonancia con los presupuestos inspiradores del grupo normativo presi- dido por dicho texto legal habrán de desarrollarse los estudios acerca de, y las pro- puestas de medidas concretas que pueden contribuir a que la conciliación de los dos mundos en los que está inmerso el funcionario o funcionaria, el familiar y el laboral, sean una completa realidad. Es decir, a las medidas que ahora se adoptan habrán de sumarse otras nuevas que posibiliten la consecución de este objetivo principal y la labor, precisamente, de la Mesa Técnica es aislar aquellos supuestos donde resulte posible articular de mejor modo que hasta ahora la idea conciliatoria.
4. La conciliación de la vida familiar y profesional
4.1.La idea de conciliación de la vida familiar y profesional y su incidencia sobre la función pública profesional
La incorporación al mercado laboral de todas las personas adultas potencial- mente ocupables, y en especial, las que hasta ahora han venido soportando la gran carga de trabajo no retribuido que generan las familias, las mujeres, ha servido para la puesta en marcha de políticas públicas orientadas mediante las cuales la concilia-
24 Aprobado por Decisión del Consejo de 22 de diciembre de 1995 (DOCE núm., L-335, de 30 de diciembre de 1995).
25 Cuando escribimos estas páginas se anuncia una reforma legal, al parecer no puntual, de dicho texto legal, siendo una de las cuestiones a modificar una mayor paridad entre padre y madre de cara al cuidado de los hijos.
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