Page 214 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
P. 214
LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
participadas por ellos mayoritariamente (y, en su caso, con los sindicatos como socios minoritarios), los que concurren con sus propuestas y se hacen cargo de la gestión de los Fondos.
A efectos de selección habrá de tenerse en cuenta criterios tales como la solvencia de las entidades, sus infraestructuras y oficinas de atención al cliente e implantación geográfica de las mismas, su experiencia en el ramo del deposito y de la gestión de fondos de pensiones, su constitución, etc.
Evidentemente una vez efectuado el proceso selectivo habrá de ser el órgano competente de la Administración autonómica el que sancione la propuesta más satisfactoria avalada por la Comisión Promotora.
5.4. El premio de jubilación
Una de las novedades recientes en el régimen funcionarial ha sido la re- cepción de una modalidad de ayuda existente en el sector privado desde hace bastante tiempo al empleado que se jubila y que por este mero hecho va a perci- bir una cantidad por año de servicio trabajado. De este novedad han participado las legislaciones autonómicas de función pública, las primeras en adoptar, junto con la praxis de las Corporaciones locales, semejante fórmula de ayuda, y que con toda probabilidad acabará por implantarse en la función pública toda, dada la naturaleza de la misma, su sentido y la fuerza que la anima, en lo que parece constituir un acto de justicia tras los, habitualmente, numerosos años de entrega a la entidad empleadora.
La denominación, premio de jubilación, y su aplicación, de cantidad a tanto alzado, por años de servicio, revela que nos hallamos ante una medida inspirada y mediante la que se transplanta una fórmula proveniente del ámbito laboral privado, donde ha tenido y tiene todavía su sede natural y un completo arraigo56.
El modo en el que queda recogido el premio de jubilación por el Acuerdo es directamente vinculante para la Administración empleadora de la Junta de Anda- lucía, pues liga la percepción de esta ayuda a una determinada fecha, el uno de enero de 2004, a partir de la cual todo funcionario que se jubile por cumplimiento de la edad correspondiente percibirá 150 euros por año de servicio. Dos breves co- mentarios merece esta referencia del Acuerdo; la primera que el premio sólo entra
56 En especial en determinados sectores laborales como los integrados por empleados de “cuello blanco”.
214