Page 218 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
6.2.La integración del Acuerdo de la Mesa General de Negociación de 5 de oc- tubre de 2001 en el Acuerdo de 24 de octubre de 2003
Como primera medida en relación con este capítulo los redactores del Acuerdo de 2003 proceden a integrar en este Acuerdo el suscrito por la Mesa General de Nego- ciación el 5 de octubre de 2001 y aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía con fecha 6 de noviembre de 200162. Mediante él se procede a desarrollar los derechos de participación en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración autonómica estableciendo el régimen de los Delegados de Preven- ción (el número a designar, sus competencias y facultades, las garantías y los deberes que han de respetar en su actuación, los créditos horarios, así como la obligación administrativa en relación con su formación) y de los Comités de Seguridad y Salud, donde se integran aquellos (composición, competencias y facultades, coordinación de los mismos, e indemnizaciones para gastos de desplazamiento y manutención).
Básicamente se trata de cumplir en esta sede administrativa lo previsto por la LPRL de 1995 en cuanto a los derechos de representación de los trabajadores en las dos vías prevista por dicho texto legal: los delegados de prevención, como órganos uniper- sonales y los comités de seguridad y salud, como órganos de representación colectiva, estableciendo los mecanismos para su definitivo establecimiento en la Administración autonómica, tal y como ha sucedido en otras Administraciones territoriales.
6.3.La Mesa Técnica de Prevención de Riesgos Laborales y sus competencias
La Mesa Técnica de Prevención de Riesgos Laborales fue creada en el seno de la Mesa General de Negociación en virtud del acuerdo de 5 de octubre de 2001. Se trata de un “órgano” que viene a sustituir a la anterior Comisión de Salud Laboral prevista por el Acuerdo de 1996, y cuyas funciones, con algunos retoques significados y un aligeramiento de las que tenía reconocida en este Acuerdo, viene a asumir63.
Dentro del Plan General de Prevención de Riesgos Laborales figura el impulso de un conjunto de acciones preventivas en la Administración Pública de la Junta de Andalucía que son subvencionadas por el Consejo, como las ligadas al desarrollo del Decreto de los Servicios de Prevención Propios del Personal de la Administración autonómica (5 acciones), la potenciación de la conciencia preventiva de los trabajadores públicos de la indicada administración pública (2 acciones), la integración de la gestión de la prevención de riesgos laborales en dicha organización pública (2 acciones) y el aumento de la participación de los representantes de los trabajadores públicos de la indicada Administración en los aspectos relacionados con la prevención de riesgos laborales (4 acciones).
62 BOJA 130, 10 de noviembre de 2001.
63 Si la Comisión de Salud Laboral tenía encomendada como mínimo las funciones de promover la difusión, divulgación y el conocimiento de la legislación en materia de salud de su ámbito; proponer
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