Page 220 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
   En efecto, si la ejecución de la política en materia de prevención de riesgos requiere de una coordinación efectiva, es obvio, que dicha actividad no puede en- tenderse como una coordinación teórica sino real y materializable en la práctica, lo que comporta el reconocimiento de un ejercicio imperativo y, llegado el caso, inclu- so coactivo frente a los sujetos que ejecutan las políticas en materia de prevención de riesgos.
Ya como funciones concretas, donde se materializan dichas funciones gene- rales, se reconoce un breve listado de ellas que seguidamente pasamos a reseñar. Del empleo por parte del Acuerdo de la expresión “en especial” se desprende que caben otras funciones distintas o conexas con las que estamos a punto de analizar, lo que, evidentemente, confiere una amplitud mucho mayor al número de funciones potencialmente ejercitables por la Mesa Técnica, siempre y cuando, obviamente, no comporten la inmisión en las atribuciones y competencias de otras instancias.
Estas funciones concretas serían las siguientes:
- “Participar en el estudio, diseño, aplicación y coordinación de los planes y programas de actuación preventiva”. Los planes y los programas de prevención son el principal instrumento orientado a atenuar en la medida de lo posible la incidencia de los riesgos profesionales en las oficiales públicas. Por ello, que la Mesa Técnica intervenga en su redacción e implementación equivale a un mínimo de garantía para los empleados públicos afectados y otorga a dichos instrumentos un carácter “negociado” que los legitima especialmente en los ámbitos sobre los que habrá de ejecutarse.
- Realización de “estudios sobre los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras”. Como algo que tiene sus- tantividad propia, y que, a diferencia de las restantes atribuciones que sí aparecían reconocidas en el Acuerdo de 1996, se hace una referencia a nueva competencia la de la realización de estudios acerca de los llamados factores de riesgo relativos a la segu- ridad y la salud de los empleados. Dichos estudios previos son necesarios en una buena política preventiva pues sin conocer cuales son dichos factores en concreto no puede haber un propiamente una política seria en relación con la seguridad y salud laboral.
-“Promover la difusión, divulgación y el conocimiento de la legislación en materia de salud laboral en su ámbito”. Se trata de una misión no exenta de impor- tancia, pues es a través de la transmisión de conocimientos relativos a esta materia como se vivifica la misma y tanto los empleados como los empleadores toman con- ciencia de su importancia y es aplicada, mediante su interiorización, la legislación vinculante.
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