Page 227 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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La proyección del Estado del bienestar en la función pública: negociación colectiva y nuevas prestaciones
independencia de que puedan articularse otras vías para las acciones formativas -el Acuerdo parece apuntar en esta otra dirección-, la experiencia y conocimiento de esta institución, y las competencias administrativas que tiene reconocidas, obliga a reconocerle una posición crucial en esta materia y a que se cuente con su dirección para el tratamiento de estas cuestiones.
Esta interpretación, además, se ve reforzada si tenemos en cuenta –los valo- raremos seguidamente- el elenco de compromisos y objetivos que el Acuerdo toma en consideración y en relación con los cuales el IAAP tiene mucho que decir74.
7.2.3. Valoración de los compromisos y objetivos a alcanzar
Las acciones formativas que aparecen recogidas en el Acuerdo se despliegan tomando en consideración bien el elemento objetivo de la ordenación de la función pública, el puesto de trabajo, bien el elemento personal, el propio funcionario pú- blico y su situación. O dicho de otro modo: o se toma como referente la formación exigida para los puestos de trabajo o se toma como punto de referencia la dinámica formativa en la que se encuentra inmerso el funcionario bien por si mismo, bien en relación con sus posibilidades de carrera.
a) Así, conforme al primer punto de vista se adquiere el compromiso de “ra- cionalizar la formación especializada incluida como elemento de perfil de determi- nados puestos de trabajo y vincularla con la formación o titulación requerida para su obtención y que, a su vez, sea la exigible en los procesos concursales”. Como puede observarse no estamos tanto ante una línea o vía de formación, aunque tenga que ver lógicamente con ella, como ante una acción de replanteamiento del modo en el que la formación adquirida por el funcionario se tiene en cuenta en sede de cobertura de los puestos de trabajo. Conforme a este compromiso especializacio- nes que hasta ahora se deberían haber tenido en cuenta para cubrir determinados puestos de trabajo en razón de las características funcionales de los mismos van a exigirse vía formación o titulación requerida para la cobertura de los puestos bien por acceso o concurso. Es decir, se trata de buscar una solución –que los redactores del Acuerdo verbalizan como “racionalizar la formación”- al viejo problema de los perfiles de los puestos de trabajo mucho de los cuales exigirían un mayor afina-
74 El aumento e intensificación de actividades, de la que dábamos cuenta en el comentario al Acuerdo de 1996, ha continuado en su línea ascendente y progresiva en los últimos años, de lo que dan prueba el número de actividades formativas desarrolladas. A estos efectos nos remitimos a la página web de este organismo donde el lector interesado encontrará cumplida información sobre las mismas, así como de la meritoria labor editorial y de promoción de la formación por vía escrita desarrollada hasta la fecha.
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