Page 230 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
“Favorecer la carrera profesional y la carrera administrativa, mediante Cursos de formación específicos para la promoción interna, adecuados en su contenidos a los conocimientos de los cuerpos y especialidades de origen y acceso”. El cumplimiento de este objetivo guarda íntima relación con el compromiso en materia de carrera profesional mediante el cual las partes firmantes del Acuerdo deciden “estudiar el diseño de cursos que puedan servir en los procesos de promoción interna” (punto 5.2.3. apartado 4). Como es sabido, la piedra angular de la carrera del funcionario la constituye la promoción hacia los cuerpos y especialidades de grupos de titulación superiores a la que tiene el cuerpo de pertenencia del funcionario público, de tal suer- te que sin la formación previa adecuada resulta sumamente difícil el acceso al cuerpo inmediatamente superior mediante el que se produce la promoción interna. A mayor preparación, por tanto, mayores posibilidades de que el funcionario pueda promocio- narse hacia los cuerpos superiores; a menor preparación, menores posibilidades.
Si partimos de la base de que para participar en los procesos selectivos ha de contarse con la titulación adecuada, y que la obtención de ésta escapa a la propia Administración empleadora al obtenerse a través del sistema educativo, el objetivo que se está persiguiendo aquí sólo puede ser el de establecer cursos preparatorios para que, una vez se cuente con la titulación académica, el funcionario pueda, a tra- vés de un curso específico, impartido por personal cualificado, obtener los niveles de formación que le permitan acceder al cuerpo deseado. Es decir, en vez de preparar la oposición o el concurso-oposición al que tiene que hacer frente, en soledad o previa contratación a su costa de un preparador o equipo de preparadores, el funcionario va a contar con un curso adaptado a la promoción que persigue –lo que implica que los profesionales que lo impartan deberán de ser profundos conocedores de los temarios exigidos y de la mecánica de las pruebas- sufragado con fondos públicos y a iniciativa de la propia Administración empleadora. Evidentemente así expuesto, el objetivo resulta plausible pero su definitiva concreción se presenta plagada de difi- cultades dada la diversidad de áreas funcionales, cuerpos y especialidades existentes y la energía que habría de ponerse para conseguir tamaño objetivo, en un contexto en el cada funcionario que desea promocionarse “hace la guerra por su cuenta” y la búsqueda de la preparación adecuada está completamente individualizada.
“Estudio de aquellos puntos relativos a formación del acuerdo de 26 de febrero de 1996 prorrogado por acuerdo de 29 de diciembre de 1998, que se estime, son sus- ceptibles de actualización”. Al igual que sucederá pasados los años con el que ahora comentamos habrán de revisarse por las partes los puntos relativos a formación para conocer cuales de ellos han perdido vigencia y cuales han de ser potenciados75.
75 Se trata de una previsión absolutamente lógica, que posibilita la permanente respuesta a la entrada en posible desuso de sus previsiones.
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