Page 377 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 La negociación colectiva en el sector sanitario andaluz
   Respecto de su contenido y estructura interna cabe destacar que el Acuerdo se compone de once puntos o cláusulas, de las cuales siete abordan, cada una de ellas, un aspecto material concreto de la relación, mientras que las restantes que- dan referidas a aspectos obligacionales y de contenido mínimo. Comenzando por estas últimas, cabe reseñar la relativa al compromiso de financiación (punto nove- no), por la que se periodifican los compromisos alcanzados durante los tres años de vigencia del acuerdo (2003-2005, punto décimo); la última o de cierre9, constitu- tiva de una comisión de seguimiento en la que sólo están presentes los sindicatos firmantes del acuerdo, con independencia de la negociación que corresponda en el marco de la Mesa Sectorial; y, sobre todo, la primera, relativa al ámbito personal de aplicación. Y ello por cuanto que éste se limita al personal que percibe sus re- tribuciones conforme al RDL 3/1987, de 11 de septiembre, es decir, al denominado personal integrado o jerarquizado, lo que excluye a colectivos específicos como los que mantienen su adscripción al modelo de cupo y zona, a estructuras propias de sus Administraciones de origen (vgr. Diputaciones), además de a ciertos cuerpos funcionariales integrados en los dispositivos de apoyo como son las especialidades de Veterinaria y Farmacia del Cuerpo A.4. de la Junta de Andalucía.
Respecto de las cláusulas que pudieran denominarse normativas -algunas de las cuales ya han sido objeto de desarrollo expreso para favorecer su aplicación, y que exponen individualizadamente en los siguientes apartados-, destacar la existen- cia de dos tipos o modalidades: aquellas que contienen compromisos cuantificables; y aquellas otras que refieren la realización de informes y estudios de situación como requisitos para la elaboración de propuestas que, con posterioridad, serán someti- das a negociación y debate en el seno de la mesa sectorial. En ese primer grupo se localizarían los Puntos Tercero, sobre tiempo de trabajo; Cuarto, relativo al modelo retributivo; Quinto, sobre dimensión y estructura de la plantilla; y Noveno, por el que se compromete la creación de las Unidades de Prevención de Riesgos Laborales. Más difusos resultan por su parte los acuerdos sobre selección y provisión de candi- datos para la cobertura de plazas y vacantes, la reorganización de los servicios y el modelo de desarrollo profesional a través de un sistema de acreditación de distintos niveles de competencia.
2.2. Condiciones individuales de trabajo
Siguiendo la clasificación propuesta, dentro de esta categoría son suscepti- bles de incardinarse los siguientes instrumentos normativos:
9 No se puede dejar de llamar la atención sobre la numeración del último de estos puntos o acuerdos, once en su orden o undécimo por posición, al que se titula como “onceavo”.
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