Page 424 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
   variantes, de diversa cuantía (CF1 y CF2) según se utilicen medios de transporte aéreo o terrestre. Por lo que respecta a los incentivos, existen también dos compo- nentes del 8 y el 16% de la masa salarial, que se devengan proporcionalmente en función de los resultados que se consiguen tanto a nivel individual como colectivo en sede provincial.
La mayor novedad va a residir, sin embargo, en el tratamiento del comple- mento personal de antigüedad. Y es que es la única manifestación en la que se encuentran topes o limitaciones al peso que puede representar este capítulo en el conjunto del salario. Ese tope se fija (art. 22.2.3) en 21 años de devengo –siete trienios- y un 20 % máximo de su remuneración total, compuesta a estos efectos por salario base y complemento funcional. Aunque respetando, en todo caso, las cantidades consolidadas por el personal estatutario procedente del SAS.
3.2.4. Otros contenidos
En este último bloque, y a efectos de poder realizar una comparación efi- ciente con los contenidos seleccionados con anterioridad, cabe hacer referencia al capítulo de acción social, prevención de riesgos laborales, poder disciplinario y derechos sindicales. En el primero de ellos, y al margen de las garantías ya ex- puestas por la privación del permiso de conducción, destacar el tratamiento de la incapacidad temporal (art. 25). Si la contingencia es común, el trabajador devenga desde el primer día el 100% del sueldo base, complemento funcional y antigüedad, así como la parte proporcional del complemento variable de incentivo. Pero si la contingencia es profesional o por causa de maternidad, se obtendrá la totalidad de lo obtenido por su servicio provincial en ese mismo concepto, además del 75% de la media de las retribuciones devengadas en concepto de guardias localizadas en el último semestre.
Del tratamiento disciplinario, completo por ser un convenio de empresa en cuanto a cuadro de infracciones y sanciones, lo más llamativo es el deteni- miento con el que se regula la adopción de medidas cautelares o provisionales (art. 26). Con garantías ciertas de procedimiento, el plazo máximo de suspen- sión no podrá exceder de dos meses, durante los cuales se percibirá salario base más antigüedad.
La regulación de la prevención y los riesgos laborales sirve, entre otros mo- tivos, para mejorar el tratamiento de la prestación de seguridad social cuando se suspende la relación por riesgo durante el embarazo en el puesto de trabajo (hasta el 100%), así como para alterar y mejorar el crédito horario de los que sean desig-
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