Page 433 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 superior- y responsable de unidad, actividad o subprograma; o la retribución por acompañamiento del plan vacacional –retribución que se devenga en las salidas del centro y que puede o no coincidir con días de trabajo, de ahí la variabilidad de su cuantía-.
4.1.4. Otros contenidos
Consecuencia una vez más del papel de instrumentos únicos y autónomos que estos convenios de empresa juegan en sus respectivos ámbitos de aplicación, los negociadores muestran una clara tendencia a abarcar todos los posibles bloques te- máticos de interés para la regulación de las relaciones laborales. Resultan habitua- les pronunciamientos sobre acción social, prevención de riesgos laborales, ejercicio del poder sancionador o disciplinario o modalizaciones y mejoras en el tratamiento del derecho de representación sindical y participación en la empresa. También ahora la diversidad de matices y detalles hacen difícil la reconducción a un patrón único más allá de la propia existencia de todas y cada una de estas voces en la totalidad de los convenios agrupados, por lo que muy sintéticamente se intentará señalar tan sólo aquellos preceptos que pueden resultan más llamativos.
En el campo de las mejoras voluntarias y de las medidas de acción social, ca- bría destacar el tratamiento de la incapacidad temporal. De una parte se encontraría el régimen más ventajoso en el art. 44 CC FAISEM y en el art. 26 CC PSSC, en el que la garantía de indemnidad es total, tanto para las contingencias comunes como profesionales, siempre que aquéllas alcancen el cuarto parte de confirmación (28 días); mientras que el más exigente, precisamente para el mismo tipo de contingen- cias, resulta el CC FADA, en el que el 100% de las retribuciones sólo se devenga en los procesos que superen los 21 días de duración. Los seguros de responsabilidad, la regulación de los anticipos y préstamos y la creación de diversos fondos para atender desde indemnizaciones, a ayudas por necesidades médico-farmacéuticas o programas de formación ocupan también su espacio en cada uno de los convenios de referencia.
El ejercicio del poder disciplinario por parte de la empresa y la garantía que representa el principio de tipicidad, acompañado de ciertas garantías procedimen- tales que suelen reservarse para las infracciones consideradas como graves o muy graves, representa también un campo de pronunciamiento necesario en los textos. En ese sentido confirmar la tendencia al tratamiento autónomo del acoso sexual (art. 44 CC FADA), la permanencia de sanciones como el traslado forzoso (art. 36 CC FAISEM) o la regulación de la suspensión preventiva de empleo y sueldo mien- tras se sustancie un expediente pro razón de una falta que perturbe gravemente
La negociación colectiva en el sector sanitario andaluz
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