Page 449 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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La negociación colectiva en las Universidades Públicas Andaluzas
negociación colectiva, como en general los derechos colectivos de los trabajadores, se configura como un contrapoder con la finalidad de equilibrar el reparto de po- deres entre empresarios y trabajadores, en el ámbito universitario no debiera caber esa dinámica24.
2. Punto de partida: el Protocolo de 13 de marzo de 2002
Aunque la negociación colectiva del PAS laboral de ámbito andaluz cuenta con una amplia tradición25, en los demás sectores, con algún antecedente de escasa relevancia26, y la negociación del ámbito cada Universidad referida la PAS funcio- nario, pocas veces formalizada como tal27, el punto de partida de nuestro análisis debe situarse en el “Protocolo de Negociación de ámbito regional de las condiciones de trabajo de los empleados de las Universidades Públicas de Andalucía” que, con fecha 13 de marzo de 2002, se suscribe entre las Universidades, representadas por sus respectivos Rectores o Gerentes, y las organizaciones sindicales más represen- tativas en el sector CC.OO., UGT y CSI/CSIF, bajo la presidencia-coordinación de la Secretaría General de Universidades de la Junta de Andalucía.
En dicho Protocolo se constata la diversificación de las condiciones de tra- bajo del personal entre las distintas Universidades Andaluzas, que obedece, según los propios suscriptores, a la ausencia de coordinación entre ellas y se plantea su homologación, pues, señalan, “las Universidades forman parte de un sistema, por lo que en muchos aspectos y especialmente en materia de Recursos Humanos, las decisiones adoptadas repercuten en las mismas individualmente así como en el conjunto del sistema, como ha resaltado el Dictamen del Parlamento Andaluz, según el cual se viene a significar la necesidad de adoptar mecanismos que garanticen la homogeneización y homologación de las políticas del Personal de las Universidades, ...”. Por ello, se acuerda el inicio de negociaciones entre las Universidades andalu-
24 En ese sentido, Rivero Lamas, J. “El proceso de laboralización de la función pública: aspectos críticos y límites”, Revista Aragonesa de Administración Pública, 1995, advierte que la introducción de la negociación colectiva en la función pública no podría conducir a “una Administración con sus potestades hipotecadas o de límites borrosos, lenta en sus reacciones y dominada por intereses sectoriales”
25 El primer Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades de Andalucía se firma el 2-10- 89 anteriormente regía el Convenio de ámbito estatal de todas las Universidades.
26 Como el Acuerdo Marco para la confección de RPT del PAS de 1990
27 En general todas las Universidades cuentan con Reglamentos sobre provisión de puestos de trabajo, jornada de trabajo, acción social y formación, previo acuerdo con los representantes de los trabajadores. En el ámbito del PDI cabe destacar el “Pacto entre la representación de los trabajadores y la Universidad de Granada” de 6-11-2002 sobre contratación de profesorado en el curso 2002-2003.
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