Page 450 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
   zas y los representantes de sus empleados sobre, por una parte, la homologación de las condiciones de trabajo del PAS y la mejora de los Servicios y, por otra, sobre determinados aspectos que afectan al PDI.
Así, se articula la negociación en un único ámbito, aunque técnicamente se estructuren diferentes instrumentos, pues se trata, según las partes, de establecer un marco general de negociación, destinado, por un lado, a negociar un Convenio Colectivo de PAS laboral y, por otro, a “homogeneizar y homologar las condiciones de trabajo relativas al PAS funcionario y del PDI de las Universidades Públicas Anda- luzas, con la voluntad de tender a una homogeneización u homologación inter/intra Universidades, de tal forma que estos colectivos gocen de iguales derechos y debe- res en sus condiciones de trabajo, dentro de los límites que establece el régimen jurídico de aplicación en cada caso”.
En su virtud, las partes se proponen como objeto de negociación los si- guientes aspectos: Políticas de acción social; Políticas de formación; Regulación de jornada laboral, vacaciones, permisos y licencias; Derechos sindicales; Procesos de funcionarización y/o laboralización; Homogeneización u homologación del régimen retributivo y funcional; Convenio Colectivo del Personal Laboral; Políticas de Pre- vención y Seguridad en el trabajo; Políticas de selección, promoción y provisión de puestos de trabajo; Régimen disciplinario del personal laboral y Homogeneización u homologación de estructura de plantillas. No obstante este inicial propósito, la negociación sobre formación, derechos sindicales, selección, promoción y provisión de puestos de trabajo, procesos de funcionarización y/o laboralización se encuentra paralizada prácticamente desde su fase inicial.
Con tal fin se constituyen como órganos de negociación, por un lado, la Mesa Sectorial de Universidades (funcionarios) y, por otro, la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de PAS Laboral, conforme a lo dispuesto en el ET.
La primera se subdividirá en dos mesas técnicas, una para la negociación de las condiciones de trabajo del PAS Funcionario y otra para el PDI, por lo que llama la atención que no se constituya ningún órgano para la negociación de las condi- ciones de trabajo del PDI laboral, que no puede entenderse representado en la Mesa Sectorial de funcionarios y, a su vez, queda marginado de la negociación laboral, cuya Comisión negociadora se limita al PAS, de forma expresa.
Parece que la negociación del PDI laboral se reserva a la Mesa Técnica de PDI, que no se adjetiva ni laboral, ni funcionarial, aunque la Mesa Sectorial, de la que parte, sí se autotitula Mesa de funcionarios. El mismo Protocolo en el segundo pá- rrafo del punto 2o dice que la citada “Mesa Sectorial Universidades-funcionarios...
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