Page 471 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 El art. 19 regula el concurso de traslado que se define como procedimiento en virtud del cual la Universidad convoca a la ocupación de un puesto de trabajo vacante, presupuestariamente dotado y por el que el trabajador fijo de aquélla ejerce el derecho a la movilidad para ocupar un puesto de la misma categoría profesional, conforme a lo reseñado en la RPT. En el mismo se establece que las plazas objeto de convocatoria se acordarán con el comité de empresa y que a la convocatoria se dará publicidad en los tablones de anuncios y, en su caso, medios electrónicos.
Novedad de este convenio es la apertura del Concurso de traslado a trabajado- res de otras Universidades, aunque se tratan de empresas con personalidad jurídica diferenciada, pues, además de los trabajadores fijos de la Universidad convocante, al Concurso pueden presentarse los trabajadores:
a) Que se encuentren en situación de excedencia, que pertenezcan a la mis- ma categoría y hayan solicitado previamente su reingreso.
b) De otras Universidades Públicas de Andalucía, que hubieran solicitado su traslado con antelación a la convocatoria y
c) De otras Universidades Públicas, de la misma o equivalente categoría, en los términos que se establezcan en los correspondientes convenios de reciprocidad.
No obstante ello, se garantiza la prioridad de los trabajadores de la Uni- versidad que convoca, pues el concurso se desarrolla en dos fases. En la primera, las vacantes se adjudican a los aspirantes que concurran por la Universidad con- vocante. En la segunda, se ofertarán al resto de aspirantes las plazas que hayan quedado desiertas y las de resultas, por el siguiente orden: 1o excedentes; 2o personal de otras Universidades Andaluzas; y 3o personal de otras Universida- des.
El art. 19,6 del Convenio establece un baremo de méritos para todas las Uni- versidades, en el que se valora el tiempo de permanencia en el puesto de trabajo, en la categoría, la formación y titulación, mientras que la antigüedad se tiene en cuenta para desempates. Sólo se puede exigir la superación de una prueba de co- nocimientos en la convocatoria de puestos de trabajo en los que se exijan determi- nadas características especiales, en los términos establecidos en la RPT y para los solicitantes por el turno de reingreso de excedentes o traslado entre Universidades, cuando concurran a puestos de trabajo de diferente categoría de su área profesio- nal, de igual o inferior grupo profesional
La negociación colectiva en las Universidades Públicas Andaluzas
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