Page 532 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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 LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ANDALUZA
   en una ocasión se hace por bienios62), con previsiones particulares sobre su percep- ción desde el primer día del mes en el que se cumple el trienio63 y, lo que resulta especialmente llamativo, estableciendo el cómputo de todo el tiempo de trabajo en cualquier Administración Pública64, en la Junta de Andalucía65 o en cualquier socie- dad o UTE participada mayoritariamente por la empresa de que se trate66.
En cuanto a los complementos en función del trabajo realizado, si bien existen algunos que corresponden muy particularmente al tipo de actividad de la empresa en cuestión, como los complementos de traslado de puerto base67, trabajos submarinos68, plus de maquinaria69, otros muchos, con la más variopinta denominación, suelen responder a causas y motivos similares: ejercicio de funcio- nes de superior categoría –complemento de destino70, complemento de superior categoría71, complemento de funciones especiales72, complemento de nivel supe- rior73-; desempeño de puestos de trabajo que impliquen el ejercicio de funciones de dirección, planificación, coordinación, asesoramiento técnico o de especial trascendencia y repercusión en la gestión –complemento de especial responsabi- lidad74, plus para Jefes de Grupo y Capataces de los Grupos de Apoyo75-; desem- peño de puestos de trabajo en los que se requiere una cualificación determina- da –complemento de desempeño de funciones de especial dificultad técnica76-; disponibilidad para la incorporación inmediata al trabajo con objeto de resolver las incidencias relacionadas con su puesto de trabajo –complemento de guardia localizada77-; productividad -complemento de Productividad78-. Particularmente significativo resulta, por lo que de sintomático tiene, el habitual establecimiento de un complemento que, bajo el título de complemento de asistencia, tiene como finalidad tratar de mejorar los índices de absentismo laboral. Generalmente el
62 Art. 26 CC EGMASA-INFOCA.
63 Art. 7 CC TURASA, art. 42 CC EGMASA, art. 14 CC INTURJOVEN.
64 Art.8 CC de la Empresa Pública Deporte Andaluz.
65 Art. 40.1 CC EPSA.
66 Art. 42 CC EGMASA.
67 Art 41 CC EGMASA.
68 Art. 41 CC EGMASA.
69 Art. 20.7 CC EGMASA-INFOCA.
70 Art. 5 A) CC TURASA.
71 Art.14 CC INTURJOVEN.
72 Art. 10.2 B) CC de la Empresa Pública Deporte Andaluz.
73 Art. 26 CC VEIASA.
74 Art. 5 B) CC TURASA, art. 41 CC EGMASA, art. 10.1 C) CC de la Empresa Pública Deporte Andaluz
75 Art. 20.5 CC EGMASA-INFOCA.
76 Art. 5 C) CC TURASA, art. 10.1 B) CC de la Empresa Pública Deporte Andaluz
77 Art. 41 CC EGMASA.
78 ART. 29 CC VEIASA y art. Sexto del CC VEIASA (prórroga), art. Sexto del CC VEIASA, art. 43 CC EGMASA, art. 22 CC EGMASA-INFOCA y Acuerdo EPSA de 22 de abril de 2004.
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