Page 81 - La Negociación Colectiva en los Entes Públicos Locales de Andalucía
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La planificación y ordenación del personal funcionario de la Junta de Andalucía
profesional de los funcionarios públicos de la Junta de Andalucía en el Acuerdo de 2003, en la forma de abordar dichas cuestiones quizás sigamos un camino distinto que pueda ser más sencillo en su comprensión para los no versados en esta mate- ria y más didáctico en la medida de lo posible. Así, inicialmente, observaremos los criterios que sigue la Junta de Andalucía en la gestión de los recursos humanos, la justificación de su poder de organización y poder de dirección (en términos iusla- boralísticos) y los instrumentos con que legalmente cuenta para llevarla a cabo. En un segundo momento, veremos el modo de acceso y los sistemas de selección de funcionarios o, dicho de otro modo, las reglas especiales establecidas en los modos o mecanismos de reclutamiento de este tipo de personal. Y, en tercer lugar, y por últi- mo, la forma de proveer los distintos puestos de trabajo y el modo en que se articula la carrera administrativa de los funcionarios públicos de la Junta de Andalucía. Todo ello, evidentemente, siguiendo las pautas del Acuerdo de funcionarios de 2003.
2. LagestióndelosrecursoshumanosenlaJuntadeAndalucía
La gestión de los recursos humanos en la Administración supone la adopción de un conjunto de políticas y operaciones tendentes a atraer, desarrollar y motivar a una fuerza de trabajo que la haga competente para el desarrollo de sus funciones. El conjunto de campos de actuación propios de la gestión de los recursos humanos en la Administración son: análisis, elaboración e implantación de un plan estratégico; planificación de necesidades cuantitativas y cualitativas de personal; descripción, análisis, clasificación, diseño y valoración de puestos de trabajo; selección y reclu- tamiento; orientación, promoción y carrera y remoción de puestos; gestión de las condiciones de trabajo y situaciones administrativas; administración de salarios, compensaciones y pensiones; formación y desarrollo de la organización, de los gru- pos de trabajo y de los empleados; gestión del desempeño; relaciones laborales y ne- gociación colectiva; sistemas de información para la gestión estratégica de los recur- sos humanos; disciplina e incompatibilidades; salud laboral; acción social; gestión de la reducción de plantillas, etc.8 Ha de recordarse, en cualquier caso, que cualquier sistema de gestión de recursos humanos, si se quiere que funcione correctamente, ha de tener una coherencia y coordinación interna, como así se establece como princi- pio de la organización del trabajo en el Acuerdo de funcionarios de 20039.
8 Así lo expresa, Villoria Mendieta, M. y Del Pino Matute, E. Manual de gestión de recursos humanos en las Administraciones públicas, Tecnos, Madrid, 1997, pág. 158.
9 Se establece como principio la coordinación integrada de todos los procesos de gestión de los recursos humanos, estableciéndose una sincronía racional entre los procesos ordinarios de modificación de la relación de puestos de trabajo, la oferta de empleo público, los procesos concursales y las convocatorias de acceso.
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