Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 13

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Todos los artículos han sido redactados por miembros de esta Asociación Profesional.
Para hacer más fácil su lectura, se ha seguido el mismo esquema sistemático contenido
en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, de forma que el lector de este primer
Volumen o Tomo podrá leer artículos elaborados por miembros del Cuerpo de Inspectores
de todas y cada una de las materias que contiene la citada Ley.
El
Tomo II
, contiene una compilación normativa, es decir, no se elaboran artículos
doctrinales de las diferentes materias que conforman el Urbanismo o la Ordenación del
Territorio, sino que se han sistematizado las normas que regulan y que tienen incidencia
en dicha materia. Asimismo, se ha procurado su concordancia con la mayor exactitud y
contenido posible de todas y cada una de las Leyes autonómicas y estatales (estas últimas
sólo extractadas) que inciden en ambas materias, sin olvidar, lógicamente, la diversidad
de leyes y reglamentos sectoriales que, igualmente de procedencia estatal o autonómica,
inciden en ambos sectores del ordenamiento jurídico.
La publicación que se presenta tiene la principal pretensión de ofrecer a los aplicadores del
derecho una herramienta eficaz para desarrollar su actividad profesional con la seguridad
requerida.
Este Tomo II incluye todas las normas de nivel legal, reglamentario -incluso de inferior
rango en la jerarquía normativa, tanto estatales como autonómicas, que regulan e inciden
en el urbanismo y la ordenación del territorio, entendidas como funciones públicas cuyo fin
último es garantizar un desarrollo equilibrado y sostenible del territorio andaluz, así como
su adecuada integración en el territorio español y en la unión europea.
Los criterios de selección normativa han sido:
− Inclusión de las normas reguladoras del medio ambiente (extractos), por su carácter
transversal y por cuanto en ellas se encuadra la ordenación del territorio.
− Inclusión de las normas territoriales por cuanto la actividad urbanística se desarrolla
en el marco de la ordenación del territorio y, por ello, en el marco de los instrumentos
de planificación regional y subregional.
− Inclusión de normas estatales en materia de suelo, de aplicación básica y supletoria.
− Inclusión de restante normativa estatal (extractos) con incidencia en la materia.
− Inclusión de normas relativas al urbanismo, con especial referencia a la disciplina
urbanística.
− Exclusión de las normas reguladoras de la actividad constructiva.
− Extracto normativo sectorial: normas de directa aplicación. La selección únicamente
recoge la parte del articulado que puede resultar relevante, a grandes rasgos, sobre
1...,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12 14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,...1344
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