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LA LEY DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE ANDALUCÍA, LEY 7/2002, DE 17 DE DICIEMBRE.
el mayor rigor posible, cada uno de los artículos que conforman la Ley Urbanística
de Andalucía.
El texto que se incluye incorpora, como no podría ser de otra forma, las últimas
reformas legislativas llevadas a cabo en la Ley Urbanística, nos referimos a la
Ley 6/2016, de 1 de agosto, la cual ha dado una nueva redacción a importantes
preceptos reguladores de las medidas de reposicion de la realidad física alterada en
las infracciones urbanísticas consistentes en parcelaciones en suelo no urbanizable,
permitiendo en determinados casos que accedan al régimen de asimilado a fuera de
ordenación edificaciones aisladas de uso residencial insitas en tales parcelaciones,
cuando sobre las mismas haya transcurrido la limitación temporal establecido en
el art. 185.1 de la LOUA, establecido en seis años desde la entrada en vigor de la
Ley 2/2012, de 30 de Enero.
La Junta Directiva de la Asociación