Comentario de la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio de 2018, sobre el plazo para subsanar los escritos defectuosos por los que los interesados inicien procedimientos administrativos
el final de un camino o estación de paso.
DOI:
https://doi.org/10.46735/raap.n102.1052Resumen
SUMARIO:
I. INTRODUCCIÓN.
II. PRECEDENTES JURISPRUDENCIALES.
III. LA RESPUESTA DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES DE JUSTICIA.
IV. LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 4 DE JULIO.
V. LA OPINIÓN DE LA DOCTRINA. VI. CONCLUSIÓN.
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Publicado
2018-12-31
Cómo citar
Zamorano Wisnes, J. (2018). Comentario de la Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio de 2018, sobre el plazo para subsanar los escritos defectuosos por los que los interesados inicien procedimientos administrativos: el final de un camino o estación de paso. Revista Andaluza De Administración Pública, (102), 175–186. https://doi.org/10.46735/raap.n102.1052
Número
Sección
JURISPRUDENCIA