¿Conceden subvenciones las universidades públicas andaluzas?
La naturaleza jurídica de las ayudas universitarias
DOI:
https://doi.org/10.46735/raap.n119.1439Palabras clave:
subvenciones, universidades públicas, disposición dineraria, desplazamiento patrimonial, contraprestaciónResumen
Con el fin de promover las actividades y proyectos vinculados al ejercicio de sus funciones, las universidades públicas andaluzas ofertan, a través de numerosas convocatorias públicas, becas, ayudas, premios e incentivos, siendo considerados por la propia la institución que las oferta como «subvenciones» en la mayoría de los casos. Un análisis detenido de dichas convocatorias revela que en muchas de ellas falta alguno de los requisitos exigidos en el artículo 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En este trabajo se revisan las bases reguladoras y las convocatorias de ayudas, de diversa temática y finalidad, publicadas por las universidades públicas andaluzas, examinándolas a la luz del concepto de subvención de esta Ley, con el fin de determinar si les resulta aplicable el régimen jurídico establecido por ella y por su Reglamento de desarrollo.
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