Las vías de hecho y la suspensión cautelar. Comentario al auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla) de 12 de Abril de 2003
DOI:
https://doi.org/10.46735/raap.n53.207Resumen
SUMARIO:
I.- INTRODUCCIÓN
II.- LA REASUNCIÓN COMPETENCIAL DEL ESTADO SOBRE LAS CAJAS CATÓLICAS
1).- De la LORCA a la Ley 44/2002. La situación de conflicto en Andalucía con Cajasur
2).- La incompetencia sobrevenida de la Junta de Andalucía y las vías de hecho
III.- LA SUSPENSIÓN DE LA ACTIVIDAD INSPECTORA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
1).- La vía privilegiada del artículo 136.1 LRJCA
2).- La preeminencia de la autotutela administrativa en el Ordenamiento español.
IV).- BREVE RECAPITULACIÓN
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Publicado
2004-03-31
Cómo citar
Ureña Salcedo, J. A. (2004). Las vías de hecho y la suspensión cautelar. Comentario al auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla) de 12 de Abril de 2003. Revista Andaluza De Administración Pública, (53), 135–151. https://doi.org/10.46735/raap.n53.207
Número
Sección
JURISPRUDENCIA