Ámbitos subjetivo y objetivo de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público
DOI:
https://doi.org/10.46735/raap.n74.592Palabras clave:
Contratación pública, Poder adjudicador, Convenios administrativos, Excepciones in house o contratos domésticosResumen
Pese a su complejidad técnica y a algunas disfunciones sustantivas, la nueva Ley de Contratos del Sector Público ha intentado responder de forma racional a las demandas de sistematización y congruencia de la contratación pública en nuestro país y a las ineludibles exigencias derivadas de la jurisprudencia y la normativa comunitarias. La delimitación y ajustamiento adecuados del ámbito subjetivo y objetivo de aplicación de la Ley son, sin lugar a dudas, dos de sus objetivos nucleares. En el presente artículo se analizan críticamente ambos planos, desde la propia esencialidad de su precisa articulación y correspondencia, y sobre la base de la jurisprudencia comunitaria recaída sobre los aspectos más conflictivos de los mismos en los últimos años, fundamentalmente las clases –y su régimen jurídico respectivo– de entes públicos sujetos a la normativa sobre contratación pública y los negocios jurídicos excluidos de su radio de acción.