La excepcionalidad de la contratación menor

Autores/as

  • Pablo Velázquez Navarrete Funcionario de Carrera del Cuerpo Superior de Administradores (esp. Gestión Financiera) de la Junta de Andalucía.

DOI:

https://doi.org/10.46735/raap.n93.793

Palabras clave:

Menor, Contrato, Administración, Abuso, Competencia

Resumen

Consciente de las rigideces que imponen otros tipos de procedimientos de contratación administrativa, el legislador español siempre ha entendido necesario dotar a la Administración de una figura contractual que le permita ahorrar trámites y obviar requisitos en favor de la celeridad al satisfacer una necesidad pública: el contrato menor. Esta vía de contratación, por adjudicación directa, supone no obstante una ruptura en los principios generales de publicidad, concurrencia y competencia, y su empleo masivo un empeoramiento de los costes y rendimientos del gasto público. El uso fraudulento y el abuso que de este contrato administrativo han hecho muchos gestores ha reavivado, en los últimos años, el debate sobre la conveniencia de su mantenimiento.

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Publicado

2015-12-31

Cómo citar

Velázquez Navarrete, P. (2015). La excepcionalidad de la contratación menor. Revista Andaluza De Administración Pública, (93), 389–401. https://doi.org/10.46735/raap.n93.793

Número

Sección

CRÓNICAS Y DOCUMENTOS