Régimen jurídico de las edificaciones en situación de asimilación a fuera de ordenación
DOI:
https://doi.org/10.46735/raap.n88.888Palabras clave:
Asimilación a fuera de ordenación, cumplimiento por equivalencia, Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía, suelo no urbanizable y legalidad urbanísticaResumen
En este estudio hemos intentado analizar los aspectos más relevantes de la regulación jurídica de la “situación de asimilación a fuera de ordenación”, cuyo origen jurisprudencial desembocó, a través del Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía (en adelante RDUA), en su reflejo como norma de Derecho positivo. Tradicionalmente, nuestro derecho urbanístico ha padecido una situación patológica de indisciplina urbanística, sobre todo en el ámbito del suelo no urbanizable, provocando profundos daños, en ocasiones irreparables. Esta circunstancia, unida a la especial preocupación del Gobierno andaluz en buscar soluciones útiles a la práctica diaria, según reconoce el propio RDUA en su Exposición de motivos, justifica esta nueva figura jurídica. Así, se profundiza en la regulación jurídica que de la situaciónde asimilación a fuera de ordenación realiza el RDUA a través de su artículo 53, intentando desbrozar los dos posibles supuestos de hecho para declarar AFO, bien por el transcurso del plazo para restablecer la legalidad urbanística, bien por el llamado “cumplimiento por equivalencia”. A renglón seguido, hacemos hincapié en la adaptación que la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, realiza de esta figura fruto de su modificación por la Ley 2/2012, para concluir con la importante regulación jurídica que del régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía realiza el Decreto 2/2012, de 10 de enero, profundizando en la problemática suscitada por las dudas de que existan ciertas categorías de suelo de especial protección en municipios sin planeamiento y en la posibilidad de poder apreciar AFOs en aquellas edificaciones ubicadas en asentamientos urbanísticos.