Naturaleza de los “controles sobre el terreno” en la ejecución de la política agraria común. A propósito de la STSJA de 14 de febrero de 2013
DOI:
https://doi.org/10.46735/raap.n85.990Resumen
La ejecución de la Política Agraria Común (PAC) por las Comunidades Autónomas obliga a estas a realizar labores de control sobre las explotaciones subvencionadas. La anulación de las labores de control conlleva importantes detracciones financieras en la aportación de la Unión Europea para la financiación de esas ayudas. En este contexto se sitúa la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sevilla, de 14 de febrero de 2013 que declara la nulidad del control sobre el terreno realizado por personal laboral de una empresa pública, por entender que ello supone el ejercicio de una potestad administrativa de control de subvenciones. Este artículo defiende la naturaleza del control de campo como actuación de apoyo o colaboración previa al ejercicio de potestades públicas realizable por laborales, y reconoce una fuerte solvencia probatoria a dichos controles.