Educación en igualdad
DOI:
https://doi.org/10.46735/raap.n83.945Resumen
En el presente texto van a ser objeto de comentario las Sentencias del Tribunal Supremo de 23 y 24 de julio de 2012, que han avalado la actuación de las Comunidades Autónomas de Cantabria y Andalucía en relación con la financiación de los centros docentes privados concertados que separan por sexos, estimando que no pueden tener subvención pública.