La responsabilidad de los Ayuntamientos y de los arquitectos municipales en el control de la aplicación del Código Técnico de la Edificación
DOI:
https://doi.org/10.46735/raap.n70.128Abstract
SUMARIO:
I.- ANTECEDENTES.
II.- CONSULTA.
III.- DICTAMEN.
1.- El incremento de las normas técnicas presididas por el principio de prevención y cautela para garantizar la seguridad y la calidad.
A.- Características de las normas técnicas.
a.- Variedad de origen y contenidos.
b.- La articulación de las normas técnicas con el ordenamiento jurídico.
c.- Los estándares magistrales y las regulae artis.
d.- Las cláusulas de progreso técnico.
B.- Las normas técnicas en la función urbanística y en la edificación.
2.- Naturaleza y efectos del Código Técnico de la Edificación.
A.- Sus títulos constitucionales como Derecho básico del Estado.
B.- La articulación en el ordenamiento jurídico.
C.- Los destinatarios del Código Técnico de la Edificación.
3.- El control de la aplicación de las normas urbanísticas, de las técnicas y de las reguladoras de los agentes de la edificación.
A.-Los instrumentos de intervención administrativa aplicados.
a.- El proyecto y la “cascada” de actuaciones de profesionales de la construcción.
b.- El visado del proyecto.
c.- Las entidades homologadas para el control de las normas técnicas.
d.- Las autorizaciones.
e.- Las inspecciones.
f.- Protección de los consumidores y usuarios.
B.- Competencias administrativas.
a.- Las normativas concurrentes en la actividad de construcción.
b.- Competencias de los Ayuntamientos.
c.- La función de los Colegios Profesionales en materia de urbanismo.
4.- CONCLUSIONES.