Colegios profesionales, aconfesionalidad y patronazgo religioso

Comentario a la STC 28 de marzo de 2011

Autores/as

  • Tomás Prieto Álvarez Universidad de Burgos

DOI:

https://doi.org/10.46735/raap.n79.683

Resumen

SUMARIO:
I. INTRODUCCIÓN: LA TRASCENDENCIA DE LA SENTENCIA.
II. RELATO DE LOS ANTECEDENTES Y DE LOS ARGUMENTOS DE LAS PARTES.
1. Fundamentación jurídica de la demanda. 2. Alegaciones del Colegio de Abogados. 3. Postura del Ministerio Fiscal. 4. Argumentos de la Junta de Andalucía.
III. COMENTARIO A LAS ARGUMENTACIONES DE LA SALA.
1. Confrontación del patronazgo religioso con la aconfesionalidad estatal. 2. Mi puntual desacuerdo con la Sala: ¿pero por qué es necesario secularizar la referencia religiosa? 3. Patronazgo y neutralidad religiosa. 4. Elementos religiosos y principio de igualdad.
IV. REFLEXIÓN FINAL.

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Publicado

2011-04-30

Cómo citar

Prieto Álvarez, T. (2011). Colegios profesionales, aconfesionalidad y patronazgo religioso: Comentario a la STC 28 de marzo de 2011. Revista Andaluza De Administración Pública, (79), 137–156. https://doi.org/10.46735/raap.n79.683

Número

Sección

JURISPRUDENCIA