Sistema de arbitraje y revisión

1ª fase: recepción

La secretaría de la revista acusa la recepción de los trabajos y devolverá los que no cumplan los requisitos formales.

 

2ª fase: revisión científica

El manuscrito pasará a la revisión científica externa. El sistema de arbitraje que utiliza la revista es el sistema de doble ciego, por el que dos personas evaluadoras especialistas en la materia informan al consejo de redacción de los trabajos recibidos.

Al menos el 40 % de las personas evaluadoras serán mujeres. Podrán ser designadas para la evaluación de trabajos personas vinculadas a quienes integren el consejo de redacción o al Instituto Andaluz de Administración Pública, siempre que su número sea inferior al 50 % del total de las designadas en cómputo anual.

La secretaría de la revista dirigirá un correo electrónico a las personas evaluadoras en el que solicita su colaboración. La persona evaluadora manifestará su decisión de evaluar o no el trabajo. La evaluación se basará en los siguientes criterios, que habrán de ser objeto de ponderación conjunta:

   ◦ Calidad de la investigación realizada, en términos de avance en el conocimiento.
   ◦ Originalidad, novedad e interés de su objeto.
   ◦ Calidad metodológica.
   ◦ Proyección práctica de la investigación realizada.
   ◦ Contribución a la mejora del funcionamiento de las Administraciones públicas.
   ◦ Corrección gramatical.

 

3ª fase: revisión editorial

El consejo de redacción, una vez informado, decide la publicación de los trabajos, que quedará supeditada a la realización de las correcciones que las personas evaluadoras hayan considerado necesarias.

• El consejo de redacción determinará los trabajos que se publicarán en cada número, atendiendo a los siguientes criterios, que se enumeran por orden de preferencia:

   ◦ Calidad científica y relevancia práctica (50 %).
   ◦ Novedad e interés del asunto (20 %).
   ◦ Orden de llegada a la revista (10 %).
   ◦ Paridad de género (10 %).
   ◦ Pertenencia de la persona autora a una institución extranjera (10 %).

• El consejo de redacción determinará asimismo la sección en la que se publicará cada trabajo presentado.

• En la publicación de los trabajos se consignará la fecha de envío y la de aceptación por el consejo de redacción.

 

4ª fase: corrección de imprenta

Aquellas personas con autoría de los artículos seleccionados para su publicación serán requeridas para la corrección de pruebas de imprenta, que serán devueltas en el plazo máximo de 5 días. En este proceso de revisión sólo se permite la corrección de errores, quedando excluidos los cambios sustanciales de las pruebas. Este proceso de revisión se podrá repetir hasta un máximo de 3 iteraciones.

Si la revista no obtiene respuesta para el proceso de revisión de pruebas por parte de la autoría requerida, la revista podrá determinar la publicación sin más del artículo o la no publicación.

 

Cronología

Los manuscritos con todos los artículos que comprondrán el número de la revista deberán estar recopilados para su maquetación, como máximo, antes del sexto mes del semestre correspondiente.

Una vez maquetados todos los artículos que componen el número, la secretaría de la revista autorizará la impresión, que deberá realizarse como máximo en el plazo de un mes tras la finalización del semestre correspondiente y, en todo caso, en el plazo de un mes desde la recopilación de los manuscritos para su maquetación.

Tras la autorización de impresión, se procederá a editar la revista en papel y a componer el correspondiente número en la plataforma. La edición digital deberá realizarse, como máximo, en los 30 días siguientes a la autorización de impresión.

La edición en papel tendrá como objetivo preferente su constancia en archivos y bibliotecas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 del reglamento de la revista. El reparto institucional de ejemplares en papel se llevará a cabo atendiendo a las obligaciones legales y a lo establecido por el consejo de redacción.