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ORDEN DE 11 DE ABRIL DE 2013, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN GENERAL DE INSPECCIÓN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO...
consoliden actuaciones ilegales, como son las obras en construcción o las parcelaciones
incipientes, y para lograr la reconducción o regularización ordenada de las actuaciones,
seleccionando los objetivos en la fase inicial, de tentativa de construcción ilícita, con
preferencia frente a los hechos consumados. Por otra parte, el Plan General de inspección
va a continuar la colaboración institucional y el auxilio a los Jueces y Tribunales y la labor
pedagógica desarrollada en los anteriores planes con los distintos operadores jurídicos
con responsabilidad en el cumplimiento de la legalidad urbanística y en el conocimiento
y comprensión de las normas sobre Ordenación del Territorio y Urbanismo de nuestra
Comunidad. Las actuaciones del Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio
y Urbanismo para el cuatrienio 2013-2016 van a ser acometidas con los medios humanos
y técnicos con los que ya cuenta la Dirección General de Urbanismo
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y en el marco de
las disponibilidades presupuestarias existentes en este centro directivo. El estatuto de
Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, disponen
su artículo 56 la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de protección
de la legalidad urbanística, que incluye en todo caso la inspección urbanística, las órdenes
de suspensión de obras y licencias, las medidas de restauración de la legalidad física
alterada, así como la disciplina urbanística. Dicha competencia se concreta en el bloque
de legalidad que regula las distintas potestades y funciones públicas que corresponden
a la Junta de Andalucía en aquellas materias. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de
Ordenación Urbanística de Andalucía, regula en sus Títulos VI y VII la disciplina urbanística,
y la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma
de Andalucía regula en su Título III la protección de la legalidad. Finalizada la vigencia del
Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda 2009-2012,
procede aprobar por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, un nuevo Plan
General de Inspección en las materias de Ordenación del Territorio y Urbanismo para
el cuatrienio 2013-2016, en aplicación de lo establecido en el artículo 10 del decreto
del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración
de Consejerías, y en el artículo 20 del decreto 151/2012, de 5 de junio, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente
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.
En virtud de lo expuesto, a propuesta del Director General de Urbanismo, en aplicación de
los artículos 15 y 16 del decreto 225/2006, de 26 de diciembre, por el que se aprueba
el reglamento de Organización y Funciones de la Inspección de Ordenación del Territorio,
Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, y en ejercicio de las competencias conferidas por el decreto del Presidente
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El Decreto 26/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Medio Ambiente y Ordenación del Territorio integra a la Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y
Vivienda dentro de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Sostenibilidad Urbana de la Consejería
de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
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Véase
9.