Aplicación del privilegio establecido en el artículo 151.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil a los actos de comunicación procesal practicados con la Administración Pública Andaluza

Comentario al Auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 27 de octubre de 2005

Autores/as

  • Francisco Javier Nogales Romeo Letrado del Tribunal Supremo
  • Carlos Romero Rey Letrado del Tribunal Supremo

DOI:

https://doi.org/10.46735/raap.n60.347

Resumen

Primero se estudian las normas que regulan la representación en juicio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el lugar donde se deben efectuar los actos de comunicación judicial que se deban practicar con dicha Administración autonómica, para después examinar la aplicabilidad a la misma de lo preceptuado por el artículo 151.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, aplicable supletoriamente al proceso contencioso-administrativo ex disposición final primera de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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Publicado

2005-12-31

Cómo citar

Nogales Romeo, F. J., & Romero Rey, C. (2005). Aplicación del privilegio establecido en el artículo 151.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil a los actos de comunicación procesal practicados con la Administración Pública Andaluza: Comentario al Auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 27 de octubre de 2005. Revista Andaluza De Administración Pública, (60), 147–152. https://doi.org/10.46735/raap.n60.347

Número

Sección

JURISPRUDENCIA