Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía - page 31

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Tramitación del Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía
De las alegaciones presentadas, destacan particularmente las realizadas por el
Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos, un total de 58, siendo
recogidas numerosas de ellas en el borrador del Proyecto de Decreto que se preparó
para la siguiente fase del procedimientode elaboraciónde la norma, el de los informes
preceptivos, en el que se remitió el texto, entre otros organismos, a la Consejería de
Economía y Hacienda, actual Economía de Hacienda y Administración Pública, al
Consejo Andaluz de Concertación Local, al Consejo de Consumidores y Usuarios
de Andalucía, al Instituto Andaluz de la Mujer, etc.
En esta fase, hay que destacar las aportaciones realizadas por los representantes de
los Registradores de la Propiedad, en particular en la regulación de las parcelaciones
urbanísticas.
Una vez finalizado este trámite, en julio de 2009, se procedió a dar traslado del nuevo
borrador del Proyecto normativo a la Secretaría General Técnica de la Consejería
de Vivienda y Ordenación del Territorio, al objeto de su preceptivo informe de
conformidad con el artículo 45.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que en líneas generales informó de
forma positiva.
Posteriormente, se dio traslado del Proyecto de Decreto al Gabinete Jurídico de la
Junta de Andalucía en noviembre de 2009. A finales del año 2009, el texto normativo
fue presentado a la Comisión General de Viceconsejeros con las incorporaciones
de la mayoría de las mejoras propuestas por los servicios jurídicos de la Junta de
Andalucía.
El 13 de enero de 2010, la Comisión General de Viceconsejeros, una vez estudiado
la totalidad de los artículos que conformaban el proyecto normativo, adoptó el
acuerdo de remitir el texto al Consejo Consultivo de Andalucía para su informe
preceptivo de acuerdo con los artículos 17.3 de la Ley 4/2005, de 8 de abril, del
Consejo Consultivo de Andalucía y 41 del Decreto 273/2005, de 13 de diciembre,
por el que se aprueba el ReglamentoOrgánico del ConsejoConsultivo de Andalucía.
El 24 de febrero de 2010, el Consejo Consultivo emitió el Dictamen 85/2010, en el
que se proponían mejoras de técnica legislativa y algunas encaminadas a darle una
mayor seguridad jurídica al texto, destacando en su informe que “
las observaciones y
sugerencias presentadas durante la tramitación del procedimiento han sido examinadas
y valoradas por la Dirección General que tramita el expediente, dejando constancia
de cuales se aceptan y cuales no, dando con ello un verdadero sentido a los trámites
desarrollados
”.
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