MANUAL PRÁCTICO DE TÉCNICA NORMATIVA
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Conviene precisar que la publicidad activa se lleva a cabo a través del Portal de la Junta
de Andalucía (artículo 18.1). Esta publicidad no es sustitutiva de la que haya que realizar en
cumplimiento de la normativa que resulte de aplicación, es decir, que no sustituye, por ejemplo,
a la publicidad que haya que realizar a través del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Otras cuestiones que contempla la norma andaluza como aportación a una mayor transpa-
rencia son la publicación de:
– Una relación actualizada de las normas que se estén tramitando.
– La normativa vigente actualizada de la Comunidad Autónoma.
– Una relación de las competencias y traspasos de funciones y servicios asumidos por la
Comunidad Autónoma.
– En el apartado de la información institucional, se prevé la publicación, aparte de la nor-
mativa que sea de aplicación a la entidad como establece la norma básica estatal, de
los estatutos y normas de organización y funcionamiento de los entes instrumentales.
Ya en las disposiciones de la parte final se contemplan otras cuestiones relacionadas con
la técnica normativa.
La disposición adicional primera establece un proceso de revisión y simplificación admi-
nistrativa para las administraciones públicas andaluzas, proceso que la norma estatal solo
establecía para la Administración General del Estado, como hemos señalado.
Mayor interés tiene para los temas que estamos abordando en el presente manual, la dis-
posición adicional segunda, en cuya virtud:
“
Disposición adicional segunda. Mejora de la calidad de regulación.
En el marco de lo dispuesto en el Capítulo I del Título I de la Ley 2/2011, de 4 de
marzo, de Economía Sostenible, se realizarán las siguientes actuaciones:
a) Mediante Decreto del Consejo de Gobierno se regulará, como trámite preceptivo
en los procedimientos de aprobación de los anteproyectos de ley, decretos legislativos y
disposiciones de carácter general, una memoria de análisis de impacto normativo.
b) Por Acuerdo del Consejo de Gobierno, se aprobarán unas instrucciones de téc-
nica normativa al objeto de homogeneizar los aspectos formales de los textos normati-
vos de la Comunidad Autónoma”.