MANUAL PRÁCTICO DE TÉCNICA NORMATIVA - page 143

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a) Las referencias efectuadas en la considerada Ley a los “organismos” u “organis-
mos autónomos” se entenderán hechas a las “agencias administrativas”.
b) Las referencias efectuadas en la considerada Ley a las “empresas” se entenderán
hechas a las “agencias públicas empresariales” y a las “sociedades mercantiles del sec-
tor público andaluz”, según corresponda.
Y en la disposición adicional sexta de la Ley 3/2010:
Disposición adicional sexta. Licencia municipal de obras.
Desde la entrada en vigor del Decreto-Ley 3/2009, de 22 de diciembre, todas las men-
ciones realizadas a la licencia comercial se entenderán hechas a la licencia municipal
de obras.
CUESTIONES COMPLEMENTARIAS DE TÉCNICA NORMATIVA
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