Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 194

EL DERECHO SOBRE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA EN ANDALUCÍA
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materias de ordenación del territorio, urbanismo y medio ambiente así como los
medios personales , materiales y presupuestarios.
− Por Real Decreto 2803/1983 de 25 de agosto, se transfieren las facultades de
ordenación del Litoral y las autorizaciones e inspección de obras e instalaciones de
vertidos industriales y contaminantes así como los medios personales, materiales y
presupuestarios.
La estructura organizativa de la Comunidad Autónoma andaluza para el ejercicio de las
citadas competencias durante los primeros años de su configuración experimentó
diversas modificaciones, con el objeto de adecuar su organigrama a las competencia ,
funciones y servicios atribuidos durante ese periodo.
En estos primeros años de trayectoria organizativa se podrían distinguir varios momentos
significativos.
En la etapa preautonómica las competencias atribuidas en Transportes y Urbanismo dan
lugar en los años 1979-1980 a una mínima organización centralizada, que se circunscribe al
nombramiento de Altos Cargos, y cuyo principal objetivo sera preparar el acondicionamiento
de las transferencias asignadas. Posteriormente en 1981 se desarrolla la primera estructura
orgánica de la Consejería (Consejería de Política territorial e Infraestructura por Decreto
18/1981 de 20 de abril BOJA n.º 9 15/05/1981)), que establece desde el principio su
configuración en dos niveles territoriales (servicios centrales y periféricos). Es preciso
destacar durante esta primera etapa, la importancia que adquirieron las Direcciones
Provinciales de Urbanismo, habida cuenta que el urbanismo sería la única materia en la
que se contaría con competencias exclusivas. Su estructura organizativa será la base en
las futuras Delegaciones Provinciales.
En la etapa autonómica los cambios efectuados serán los siguientes:
− En 1982 se producen dos modificaciones en la estructura orgánica. La primera
modificación servirá para incorporar las competencias de Medio Ambiente y la segunda
modificación servirá para crear dos nuevas Direcciones Generales , Arquitectura y
Vivienda e Infraestructuras.
En los años 1983-1984 las modificaciones de la estructura orgánica general son mínimas
en lo que a servicios centrales se refiera. La incorporación de competencias transferidas
en 1983 por el Estado encunetran acomodo en la estructura organizativa planteada con
anterioridad.
La organización periférica de la Consejería sufre una importante modificación a raíz del
Decreto 17/1983 de 26 de enero que establece la posibilidad de crear en cada provincia
una Delegación Provincial para cada una de las Consejerías. La Consejería entonces
de Política Territorial e Infraestructura crea, por Decreto 153/1983, de 20 de julio, sus
Delegaciones Provinciales. Estas Delegaciones provinciales absorberán las Direcciones
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