Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 197

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CAPÍTULO I. LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y EN EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA ANDALUZ
Decreto 116/1993, de 7 de septiembre, por el que se modifica la estructura
orgánica de la Consejería.
“Artículo Primero. 1. Se crea la
Dirección Geneal de Ordenación del Territorio y
Urbanismo,
como órgano adscrito a la Consejería de Obras Públicas y Transportes,
suprimiéndose las Direcciones Generales de Urbanismo y de Ordenación del Territorio de
dicha Consejería.
2. Corresponde a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo las
funciones atribuidas a las Direcciones Generales de Urbanismo y de Ordenación del
Territorio, suprimidas en el presente Decreto.
Artículo Segundo. 1. Se crea el Instituto de Cartografía de Andalucía, como Servicio
Administrativo sin personalidad jurídica, dependiente de la Dirección General de Ordenación
del Territorio y Urbanismo.
2. Corresponden al Instituto de Cartografía de Andalucía la programación y elaboración de la
cartografía básica y derivada de la Comunidad Autónoma y la coordinación y normalización
de la cartografía temática y de las bases de datos cartográficos. “
b) Reestructuracion de Consejerias por Decreto 132/1996
Decreto del Presidente 132/1996, de 16 de abril, sobre reestructuración de
Consejerías,
“Artículo Primero.
1. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía estará constituido por:
Consejería de la Presidencia.
Consejería de Gobernación.
Consejería de Economía y Hacienda.
Consejero de Relaciones con el Parlamento.
Consejería de Trabajo e Industria.
Consejería de Turismo y Deportes.
Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Consejería de Agricultura y Pesca.
Consejería de Salud.
Consejería de Educación y Ciencia.
− Consejería de Cultura.
Consejería de Medio Ambiente”
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