MANUAL PRÁCTICO DE TÉCNICA NORMATIVA - page 223

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LEY 1/2014, DE 24 DE JUNIO, DE TRANSPARENCIA PÚBLICA DE
ANDALUCÍA
Artículo 13. Información de relevancia jurídica.
1. Las administraciones públicas andaluzas, en el ámbito de sus competencias y funcio-
nes, publicarán:
a) Las directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas plantea-
das por los particulares u otros órganos, en la medida en que supongan una interpretación
del Derecho o tengan efectos jurídicos.
b) Los anteproyectos de ley cuando, tras la preceptiva elevación por la Consejería com-
petente, sean conocidos por el Consejo de Gobierno. Asimismo, los anteproyectos de ley y
los proyectos de decretos legislativos se publicarán cuando se soliciten los dictámenes, en
su caso, al Consejo Económico y Social de Andalucía y al Consejo Consultivo de Andalu-
cía. Y, finalmente, los proyectos de ley tras su aprobación por el Consejo de Gobierno.
c) Los proyectos de reglamentos cuya iniciativa les corresponda se harán públicos en
el momento en que, en su caso, se sometan al trámite de audiencia o información pública.
Asimismo, se publicarán cuando se solicite, en su caso, el dictamen del Consejo Económico
y Social de Andalucía y el dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía. La publicación
de los proyectos de reglamentos no supondrá, necesariamente, la apertura de un trámite de
audiencia pública.
En el ámbito de las entidades locales, una vez efectuada la aprobación inicial de la or-
denanza o reglamento local por el Pleno de la Corporación, deberá publicarse el texto de la
versión inicial, sin perjuicio de otras exigencias que pudieran establecerse por las entidades
locales en ejercicio de su autonomía.
d) Las memorias e informes que conformen los expedientes de elaboración de los textos
normativos con ocasión de la publicidad de los mismos.
e) Los documentos que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban ser someti-
dos a un período de información pública durante su tramitación.
f) Relación actualizada de las normas que estén en curso, indicando su objeto y estado
de tramitación.
2. La Administración de la Junta de Andalucía mantendrá permanentemente actualizada
y a disposición de la ciudadanía la normativa vigente de la Comunidad Autónoma.
3. La Administración de la Junta de Andalucía publicará una relación de las compe-
tencias y traspasos de funciones y servicios asumidos por la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
TEXTOS. 3. TRANSPARENCIA Y TÉCNICA NORMATIVA
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