Estudio del Derecho sobre la Ordenación Territorial y Urbanística en Andalucía - page 314

EL DERECHO SOBRE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA EN ANDALUCÍA
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Centros Regionales Litorales
− Bahía de Cádiz (2004)
Su ámbito se redujo inicialmente a cinco municipios: Cádiz, Chiclana de la Frontera, El
Puerto de Santa María, Puerto Real y San Fernando. Actualmente se está revisando para
incorporar el término municipal de Jérez de la Frontera.
El nuevo ámbito, incluyendo el término municipal de Jérez de la Frontera, coincide
sensiblemente con la unidad territorial Centro Regional Bahía de Cádiz-Jérez recogida en
el POTA.
Se presenta como un ámbito policéntrico debido a que, la consolidación de Cádiz y la
carencia de suelo para atender a su crecimiento, han favorecido la salida de las actividades
residenciales y productivas hacia los municipios de San Fernando y Puerto Real y, en
menor medida, hacia la corona más exterior compuesta por los municipios de Chiclana y
El Puerto de Santa María.
− Aglomeración Urbana de Málaga (2009)
Su ámbito coincide sensiblemente con la unidad territorial establecida en el POTA, estando
integrado por los términos municipales de Málaga, Alhaurín de la Torre, Alhaurín El Grande,
Almogía, Álora, Benalmádena, Cártama, Casabermeja, Coín, Pizarra, Rincón de la Victoria,
Torremolinos y Totalán.
Se caracteriza por el mayor protagonismo de la ciudad de Málaga frente al resto de
municipios. En él se distinguen municipios dormitorios de la ciudad de Málaga, situados
en el interior en la primera corona, de municipios con su propia dinámica de crecimiento
motivada por su posición en el litoral, como Torremolinos, Benalmádena y Rincón de la
Victoria, y otros municipios, situados en el interior en la segunda corona, que empiezan
a albergar actividades propias de las aglomeraciones urbanas pero cuya economía se
encuentra todavía muy vinculada a la agricultura.
Este Plan ha sido rectificado
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, en ejecución de la Sentencia 1389/2013 de la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, para la
incorporación a la Zona de Protección Territorial «Montes de Málaga» de los suelos situados
al norte, oeste y sureste de la urbanización Pinares de San Antón en Málaga (Málaga).
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Orden de 30 de junio de 2014, por la que rectifica el Plan de Ordenación del Territorio de aglomeración
urbana de Málaga en cumplimiento de la Sentencia núm. 1389/2013 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
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