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Con la publicación del Decreto 43/2008, de 12 de febrero, regulador de las condiciones
de implantación y funcionamiento de los campos de golf en Andalucía, la Comunidad
Autónoma se dota de un marco jurídico de referencia, que viene a dar cobertura a esta
materia no sólo desde una vertiente estrictamente deportiva, sino incorporando otros
aspectos como el turístico, el territorial o el medioambiental.
En este sentido se contempla, de forma novedosa, la figura de los campos de golf de
interés turístico, concebidos como instrumentos que, atendiendo a los principios del
desarrollo sostenible, permiten integrar la oferta turística de calidad con la dotación de
equipamientos deportivos y de ocio en el ámbito territorial de implantación. La declaración
de interés turístico de un campo de golf estará sujeta a las previsiones contenidas en el
citado Decreto.
El Decreto 309/2010, de 15 de junio, por el que se modifica el Decreto 43/2008, de 12 de
febrero, introduce importantes mejoras en el procedimiento inicialmente establecido para
la obtención de la declaración de interés turístico que, en aras a mejorar la competitividad
del sector turístico de Andalucía, favorecen que se pueda agilizar su tramitación.
En línea con esta modificación y al objeto de dar mayor transparencia al procedimiento
de declaración, se ha puesto de manifiesto la necesidad de elaborar esta Orden de
desarrollo en la que se regula el procedimiento para obtener la declaración de campos
de golf de interés turístico. En este sentido, se concretan y clarifican aspectos como
los requerimientos exigibles a las personas o entidades promotoras en relación con
los proyectos, los plazos para la realización de los distintos actos de trámite, la
participación de otros departamentos en el procedimiento o el órgano responsable
del mismo que, por razones de conocimiento técnico y eficiencia, será el que tenga
atribuidas las competencias en materia de planificación turística. Actualmente, dichas
competencias recaen en la Secretaría General para el Turismo, según establece el
Decreto 333/2011, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 137/2010,
§ 1.7 ORDEN DE 13 DE MARZO DE 2012, POR LA QUE SE DESARROLLA
EL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA DECLARACIÓN DE CAMPOS
DE GOLF DE INTERÉS TURÍSTICO EN ANDALUCÍA
(BOJA núm. 57, de 22 de marzo de 2012)