CONVENIO EUROPEO DEL PAISAJE (FLORENCIA 20.X.2000)
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3.
Los Comités de Expertos propondrán al Comité de Ministros los criterios para la
concesión y el reglamento de un Premio del Paisaje del Consejo de Europa.
Artículo 11. Premio del Paisaje del Consejo de Europa
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1.
El Premio del Paisaje del Consejo de Europa es una distinción que puede otorgarse a
las autoridades locales y regionales y a sus agrupaciones que, como parte de la política
paisajística de una Parte en el presente Convenio, hayan adoptado una política o medidas
para proteger, gestionar y/u ordenar su paisaje que hayan resultado de una eficacia
duradera y puedan servir de ejemplo a otras autoridades territoriales de Europa. Asimismo
podrá otorgarse dicha distinción a organizaciones no gubernamentales que hayan realizado
aportaciones especialmente notables a la protección, gestión u ordenación del paisaje.
2.
Las candidaturas al Premio del Paisaje del Consejo de Europa serán presentadas por
las Partes a los Comités de Expertos mencionados en el artículo 10. Las autoridades
transfronterizas locales y regionales y las agrupaciones de autoridades locales y regionales
interesadas podrán solicitarlo, siempre que gestionen conjuntamente el paisaje en cuestión.
3.
A propuesta de los Comités de Expertos mencionados en el artículo 10, el Comité
de Ministros establecerá y publicará los criterios de concesión del Premio del Paisaje del
Consejo de Europa, adoptará el reglamento correspondiente y otorgará el Premio.
4.
La finalidad de la concesión del Premio del Paisaje del Consejo de Europa es animar
a los premiados a garantizar una protección, gestión y/u ordenación sostenible de los
paisajes de que se trate.
CAPÍTULO IV
Disposiciones finales
Artículo 12. Relaciones con otros instrumentos
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Las disposiciones del presente Convenio no afectarán a las disposiciones más estrictas en
materia de protección, gestión y ordenación del paisaje contenidas en otros instrumentos
nacionales o internacionales vinculantes ya existentes o futuros.
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En Andalucía, logró consolidarse el Premio Mediterráneo del Paisaje, con tres ediciones, que, lamentablemente
ha ido perdiendo su carácter singular para premiar buenas prácticas paisajísticas, para terminar siendo un
premio refundido en el Premio Andalucía Medio ambiente. En el ámbito del Consejo de Europa, sin embargo, el
Premio del Paisaje del Consejo de Europa sigue manteniendo la finalidad de reconocer una politica, actuación o
medida para proteger, gestionar y/u ordenar su paisaje que hayan resultado de una eficacia duradera y puedan
servir de ejemplo a otras autoridades territoriales de Europa.
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Importante claúsula “pro paisaje”, que consagra el principio de que el Convenio es sólo un “minimum” en todo
caso susceptible de ser mejorado en disposiciones nacionales o internacionales, presentes o futuras.