Normativa Andaluza de Desarrollo en materia de Urbanismo, Legislación Sectorial y Normativa de Directa Aplicación - page 401

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Artículo 1.
La presente Ley tiene por objeto garantizar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Andalucía y al amparo de lo previsto en el artículo 56.1 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía, el derecho constitucional y estatutario a una vivienda digna y adecuada, del que
son titulares las personas físicas con vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma
de Andalucía en las condiciones establecidas en la misma. En el marco de las citadas
condiciones, la presente Ley regula el conjunto de facultades y deberes que integran
este derecho, así como las actuaciones que para hacerlo efectivo corresponden a las
Administraciones Públicas andaluzas y a las entidades públicas y privadas que actúan en
el ámbito sectorial de la vivienda.
Artículo 2. Derecho a una vivienda digna y adecuada
1.   Son titulares del derecho a una vivienda digna y adecuada las personas físicas con
vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Andalucía en las condiciones
establecidas en esta Ley, sin que en el ejercicio de tal derecho puedan sufrir discriminación
de ningún tipo, debiendo favorecerse este ejercicio en igualdad de oportunidades entre
hombres y mujeres.
2.   Este derecho comporta la satisfacción de las necesidades habitacionales de sus
titulares y de quienes con ellos convivan, de forma que se posibilite una vida independiente
y autónoma y se favorezca el ejercicio de los derechos fundamentales.
3
Véanse
los Decretos 149/2006, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas Protegidas
de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se desarrollan determinadas Disposiciones de la Ley 13/2005, de 11
de noviembre, de medidas en materia de Vivienda Protegida y el Suelo y el Decreto 1/2012, de 10 de enero, por
el que se aprueba el Reglamento Regulador de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda
Protegida y se modifica el Reglamento de Viviendas Protegidas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
§ 10.2 LEY 1/2010, DE 8 DE MARZO, REGULADORA DEL DERECHO
A LA VIVIENDA EN ANDALUCÍA
3
(Selección)
(BOJA núm. 54, de 19 de marzo de 2010)
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