MANUAL PRÁCTICO DE TÉCNICA NORMATIVA - page 17

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LA TÉCNICA NORMATIVA. CONCEPTO Y SIGNIFICADO
3. LA IMPORTANCIA DE LA TÉCNICA NORMATIVA
No está de más que comencemos ponderando la importancia de la redacción de las normas.
En un contexto tendente a la racionalización de la Administración y a la eficiencia en la
aplicación de los recursos públicos, no es nada desdeñable, como un aspecto más a tener en
cuenta para conseguir estos objetivos, tratar de asegurar una buena redacción de las normas,
dada la incidencia que esta tiene sobre la realidad.
Cabría pensar que la técnica normativa, en su acepción estricta como la forma de redactar
las normas, es una cuestión meramente formal, sin mayor incidencia o importancia, de forma tal
que el desconocimiento de las reglas de técnica normativa carecería de mayor trascendencia.
Nada más lejos de la realidad. Si bien los defectos en la redacción de las normas en
ocasiones pueden parecer inocuos, no siempre ocurre así, ya que una correcta redacción se
encuentra al servicio de principios generales del ordenamiento jurídico, y de manera principal,
del principio de seguridad jurídica.
Si las normas se redactan de forma correcta, empleando una terminología adecuada, respe-
tando la terminología empleada en las normas que le preceden e insertándose en el ordenamien-
to jurídico de forma armónica y coherente, contribuyen a la realización del principio de seguridad
jurídica. Por el contrario, una defectuosa redacción no hace sino provocar dudas, incertidumbre,
posibles interpretaciones divergentes, que comprometen el cumplimiento de dicho principio.
Así lo ha puesto de manifiesto el Tribunal Constitucional. En su Sentencia 150/1990, FJ 8:
La seguridad jurídica es, según reiterada doctrina de este Tribunal (SSTC 27/1981,
99/1987 y 227/1988),
«
suma de certeza y legalidad, jerarquía y publicidad normativa,
irretroactividad de lo no favorable e interdicción de la arbitrariedad, sin perjuicio del
valor que por sí mismo tiene aquel principio
»
. En el presente caso son los aspectos re-
lativos a la certeza de la norma, entendida como previsibilidad sobre los efectos de su
aplicación y a su retroactividad los que se hallan en cuestión.
Por lo que atañe al primero de ellos, hay que comenzar por recordar que los princi-
pios de seguridad jurídica y de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos
exigen que la norma sea clara para que los ciudadanos sepan a qué atenerse ante la mis-
ma. En este orden de exigencias no cabe subestimar la importancia que para la certeza
del Derecho y la seguridad jurídica tiene el empleo de una depurada técnica jurídica en
el proceso de elaboración de las normas, singularmente en un sector como el tributario
que, además de regular actos y relaciones jurídicas en masa que afectan y condicionan la
actividad económica global de todos los ciudadanos, atribuye a éstos una participación y
un protagonismo crecientes en la gestión y aplicación de los tributos. Resulta inexcusable
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