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II. Procedimiento del REMC, adopción de medidas provisionales, resolución
y actos posteriores
2.1.3. Subsanación requerida a la persona recurrente.
Ello queda regulado en el artículo 44.5 del TRLCSP, donde se prevé que
para la subsanación de los defectos que puedan afectar al escrito de
recurso, se requerirá al interesado a fin de que, en un plazo tres días
hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su pe-
tición, quedando suspendida la tramitación del expediente con los efec-
tos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Además de lo anterior, hay que atender al desarrollo reglamentario
establecido en el artículo 22.1.6.º del RD 814/2015 donde se esta-
blece que se debe acompañar al escrito de interposición del recurso
los documentos y requisitos a que se refiere el artículo 44 del Texto
Refundido, sin perjuicio de lo en él dispuesto respecto de la posibilidad
de subsanación.
A diferencia del escrito de recurso, cuya presentación, conforme al
artículo 44.3 del TRLCSP, debe hacerse necesariamente en el registro
del órgano de contratación o en el registro del Tribunal Administrativo,
nada dice la Ley sobre el lugar de presentación de las subsanaciones
del recurrente.
Por tanto, se concede a las entidades recurrentes la posibilidad de
subsanar presentando la documentación correspondiente en cualquier
registro de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, debiendo, no obstante, informarse a este órgano en su direc-
ción de correo electrónico de aquella presentación, una vez efectuada.
REMISIÓN AL TRIBUNAL
EN EL PLAZO 2 DÍAS HÁBILES,
ACOMPAÑADO DEL EXPDTE.,
INFORME, LISTADO, MED. PROV.
SI FALTA LA AUTENTIFICACIÓN EXPDTE.
REMITIDO, LA DOCUMENTACIÓN DE LA
RECURRENTE HA DE ENTENDERSE NO
ORIGINAL. SE SOLICITA QUE SE
CERTIFIQUE 2 DÍAS HÁBILES
OK, SIGUE PROCEDIMIENTO
A LA VISTA DEL RECURSO REMITIDO
SE DETECTA ADOLECE ALGÚN DEFECTO.
SUBSANACIÓN A LA RECURRENTE
3 DÍAS HÁBILES
INTERPOSICIÓN REMC
ANTE EL OC