EL DERECHO SOBRE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA EN ANDALUCÍA
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El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía lo aprobó en sesión celebrada el día 27 de enero de 2004 Se
puede consultar en la página web de la Cámara de Cuentas de Andalucía:
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Se aprobó por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 26 de junio de 2008. Se puede consultar en la página en
internet de esta institución:
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En la reunión de Presidentes de estas instituciones celebrada en Las Palmas de Gran Canaria, el 22 de
julio de 2004, se puso de manifiesto la conveniencia de efectuar una fiscalización de la gestión del Patrimonio
Municipal de Suelo en todo el territorio nacional, de forma que se pudiesen obtener conclusiones generales
sobre la misma. Se acordó la constitución de una Comisión de técnicos para trabajar en la elaboración de
un programa de trabajo conjunto que permitiera, en la medida de lo posible, efectuar la fiscalización con
parámetros homogéneos. Finalmente, el citado programa fue refrendado por la Comisión de coordinación,
celebrada en Barcelona el 22 de junio de 2005.
I.9.2. El control realizado por los órganos de control externo
Como ya se ha indicado, los informes de fiscalización de este ámbito de la actividad urba-
nística son frecuentes debido a la relevancia de este patrimonio municipal como elemento
regulador de suelo y fuente de financiación de las entidades locales. En la mayoría de los
informes de fiscalización de la actividad urbanística se incluye un área con incidencia en
el Patrimonio Público de Suelo. Además, hay algunos informes de fiscalización específicos
del patrimonio público de suelo.
Por su carácter pionero, destaca el
“Informe de enajenación de los bienes del patrimonio
municipal del suelo de los ayuntamientos con población superior a 50.000 habitantes”,
elaborado por la Cámara de Cuentas de Andalucía, referido al periodo 1999-2000 y,
lógicamente, referido al ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía
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.
Por su ámbito de actuación nacional, destaca el Informe del Tribunal de Cuentas de
“fiscalización de la gestión y control de los recursos integrantes del patrimonio municipal
del suelo”,
referido al ejercicio 2004, que se realizó en el marco de las relaciones de
colaboración entre el Tribunal de Cuentas del Estado y los órganos de control externo de
las Comunidades Autónomas
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.
Esta actuación tuvo su origen en un acuerdo adoptado entre las distintas instituciones de
control externo españolas
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.
Algunas de las principales conclusiones de este Informe fueron las siguientes:
1. Los ayuntamientos fiscalizados disponían de planeamiento urbanístico general pero un
38% de estos planes con una antigüedad superior a diez años, y no siempre adaptados
a la normativa vigente.
2. El 15% de las entidades analizadas tenían formalmente constituido el Patrimonio
Público del Suelo, y solo el 30,5% de los ayuntamientos fiscalizados podían distinguir