EL DERECHO SOBRE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA EN ANDALUCÍA
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Bollullos Par del Condado, El Corchito y otros espacios forestales, en Bonares, las Marismas
del río Tinto en Moguer y Palos de la Frontera, la cornisa del Aljarafe en Aznalcázar y la
cornisa del Guadalquivir y la vega al pie de la misma en La Puebla del Río.
El resultado es un ámbito formado por el espacio comprendido entre el litoral oriental onu-
bense, el Bajo Guadalquivir y el corredor Huelva-Sevilla, que enlaza dos de las aglomeracio-
nes urbanas de mayor potencial económico de la región. El corredor sirve tanto de límite
y enlace, como de eje estructurador ya que apoyado en él se ha desarrollado el sistema
urbano del ámbito, con un carácter lineal que sólo se desdibuja en las proximidades de la
aglomeración de Sevilla. Al sur del corredor se extienden los amplios y demográficamente
vacíos territoriales, en los que las interrelaciones predominantes son de otro orden: entre
el sustrato biofísico y los aprovechamientos de los recursos naturales.
El ámbito de Doñana muestra una clara bipolarización de usos. Por una parte, usos
naturales, ya que cerca del 60% de su territorio está formado por marismas, riberas,
playas y terrenos forestales de gran valor ecológico y ambiental y escaso aprovechamiento
económico, y, por otra parte, usos agrícolas (36%), en los cuales convive una agricultura
intensiva de alta productividad (arrozales y cultivos hortofrutícolas) y otra extensiva y
tradicional (viñedo y olivar).
Plano de “Articulación Territorial” del POT del ámbito de Doñana.