EL DERECHO SOBRE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA EN ANDALUCÍA
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II.2.2. Determinaciones de los planes de ordenación del territorio de ámbito
subregional (POTAS)
Las determinaciones de los planes de ordenación del territorio de ámbito subregional
aprobados se dividen en normas, directrices y recomendaciones, según lo establecido en
el artículo 21 de la LOTA.
Así, las normas son determinaciones vinculantes para las administraciones y los particula-
res de aplicación directa desde la entrada en vigor de los POTS en los suelos urbanizables
y no urbanizables.
Las Directrices son determinaciones vinculantes en cuanto a sus fines. Con sujeción a
ellas, los órganos competentes de las Administraciones Públicas a quienes corresponda
su aplicación establecerán las medidas concretas para la consecución de dichos fines.
Finalmente, las recomendaciones son determinaciones de carácter indicativo dirigidas a las
Administraciones Públicas que, en caso de apartarse de las mismas, deberán justificar de
forma expresa la decisión adoptada y su compatibilidad con los objetivos de la Ordenación
del Territorio.
Los POTAS aprobados tienen, en general, carácter estratégico predominando entre sus
determinaciones las directrices, por lo que la consecución del modelo territorial en ellos
recogidos depende en gran parte de la adaptación y ejecución del planeamiento urbanístico,
así como de otros planes y programas sectoriales necesarios para su desarrollo. No
obstante, el mayor o menor carácter vinculante de los POTAS y el mayor o menor grado
de pormenorización de sus determinaciones depende del ámbito y del momento en que
fueron aprobados. Así, el primer POTAS en aprobarse, el de la Aglomeración Urbana de
Granada, tiene un nivel de detalle en sus determinaciones propio de un plan urbanístico
a gran escala, mientras que los últimos planes en aprobarse, como por ejemplo el de la
Aglomeración Urbana de Jaén, tienen un carácter mucho mas director y menor detalle
en la definición del modelo territorial, predominando en los mismos las directrices y las
recomendaciones sobre las normas de aplicación directa.
Siguiendo el contenido del artículo 11 de la LOTA, las determinaciones de los POTS se
estructuran, en líneas generales en:
− Disposiciones generales: relativas al ámbito, naturaleza del Plan, documentación del
mismo y forma de interpretación de los documentos, vigencia, modificación y revisión,
tipo de determinaciones y efectos de los planes, etc.
− Estructura de articulación territorial: determinaciones relativas al sistema de asenta-
mientos, al sistema de comunicaciones y transportes y al sistema de espacios libres
y de equipamientos de interés territorial.
− Determinaciones de ordenación de usos: los usos regulados dependen de la unidad
territorial ordenada. Así, en los planes litorales tiene mucho protagonismo la regula-