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CAPÍTULO II. LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO EN ANDALUCÍA
de Gobierno deberán tener en cuenta de forma efectiva el objeto de igualdad por razón
de género, y, a tal fin, en la tramitación de las citadas disposiciones, deberá emitirse un
informe de evaluación del impacto por razón de género del contenido de las mismas,
precepto desarrollado por el Decreto del propio Consejo de Gobierno de la Junta de
Andalucía 93/2004, de 9 de marzo, cuyo artículo 2 establece que el cumplimiento de lo
dispuesto en la presente norma afectará a todos los proyectos de ley y reglamentos cuya
aprobación corresponda al Consejo de Gobierno(..)”.
II.3. EL PLAN DE PROTECCIÓN DEL CORREDOR LITORAL (PPCLA)
II.3.1. La Génesis del Plan
El Plan de Protección del Corredor Litoral de Andalucía (PPCLA) se aprobó por Decreto
141/2015, de 26 de mayo, del Consejo de Gobierno y se publicó en el BOJA nº 139 de
20/07/2015, entrando en vigor al día siguiente de su publicación.
La figura del Plan de Protección del Corredor Litoral es introducida en el sistema de
instrumentos de ordenación del territorio en el año 2.012 por modificación de la LOTA
por el Decreto-ley . Su objeto, tal y como se define en el referido Decreto,
“establecer
objetivos, criterios y determinaciones para la protección, conservación y puesta en valor
de las zonas costeras de Andalucía, en el marco de lo establecido en el Plan de Ordenación
del Territorio de Andalucía para el dominio litoral.”
Esta figura se incardina en el sistema de instrumentos de ordenación del territorio
situándose en un nivel de jerarquía inferior al POTA, vinculando a los planes de ordenación
del territorio de ámbito subregional, a los planes con incidencia en la ordenación del
territorio y al planeamiento urbanístico.
La necesidad de esta nueva figura de planificación territorial se justifica en exposición de
motivos del Decreto-Ley 5/2012:
“(…) Andalucía cuenta con casi 1.000 kilómetros de costas, de características morfológicas
diversas, en las que se alternan espacios muy antropizados con otros que mantienen
sus condiciones naturales, si bien estos últimos han disminuido considerablemente en las
últimas décadas. El progresivo proceso de ocupación del suelo por la urbanización, las
infraestructuras y las actividades económicas ha conllevado, en algunos casos, la pérdida
de ecosistemas valiosos, el deterioro del paisaje y el incremento de la carga contaminante
vertida al litoral, entre otros efectos.
Actualmente en los ámbitos territoriales del litoral, que ocupan un 15% de la superficie
de Andalucía, se asienta el 40% de la población, un porcentaje que se ha duplicado en
las dos últimas décadas. Este proceso de transformación del suelo se ha producido en
detrimento, sobre todo, de las superficies forestales y naturales e incide además en la
pérdida de identidad de la base territorial que sustenta a las actividades económicas
estratégicas para Andalucía.