LEGISLACIÓN DEL ESTADO EN MATERIA DE SUELO Y NORMATIVA ESTATAL RELACIONADA
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ANEXO IV
Primas de riesgo
Para la determinación de las primas de riesgo a las que se refiere el apartado 3 del
artículo 22 de este Reglamento, se utilizarán como referencia los siguientes porcentajes
en función del tipo de inmueble:
Tipo de inmueble
Porcentaje
Edificio de uso residencial (primera residencia)
8
Edificio de uso residencial (segunda residencia)
12
Edificio de oficinas
10
Edificios comerciales
12
Edificios industriales
14
Plazas de aparcamiento
9
Hoteles
11
Residencias de estudiantes y de la tercera edad
12
Otros
12
En el caso de edificios destinados a varios usos la prima de riesgo de referencia se
obtendrá ponderando las primas de riesgo señaladas anteriormente en función de la
superficie destinada a cada uno de los usos.