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Modificado por Decreto 309/2010, de 15 de junio.
La práctica del golf se ha convertido en la Comunidad Autónoma de Andalucía en un
fenómeno pluridimensional que excede de lo meramente deportivo, por lo que se hace
preciso dotarla de un régimen jurídico adecuado a su importancia y a sus diversas
implicaciones deportivas, turísticas, territoriales y medioambientales.
Desde el punto de vista deportivo ha adquirido unas dimensiones considerables, no sólo
por el crecimiento de la demanda de quienes visitan la Comunidad Autónoma, sino por el
incremento de los andaluces y andaluzas que han adoptado esta práctica deportiva como
vía adecuada para llenar su tiempo de ocio, todo lo cual tiene su reflejo en la demanda de
instalaciones y en el número e importancia de acontecimientos de este deporte que se
vienen celebrando en nuestro territorio.
Junto a la deportiva, es destacable la dimensión turística, que en la Comunidad Autónoma
adquiere una relevancia indudable en un sector económico considerado estratégico por el
Estatuto de Autonomía para Andalucía. Efectivamente, resulta innegable la potencialidad
del golf para cualificar y desestacionalizar la oferta turística, así como para servir de
atractivo de un turismo específico y de generación de valor en la marca de los destinos. De
ello se derivan, asimismo, notables efectos positivos en la dinamización y diversificación
de la actividad económica y en la calidad del empleo de las zonas donde se implantan este
tipo de instalaciones.
No obstante, el presente Decreto no sólo responde a la importancia deportiva, turística o
económica del fenómeno, sino que también atiende a sus dimensiones medioambientales o
urbanísticas que se proponen encauzar de forma positiva, compatibilizando la promoción del
golf como nuevo eje de desarrollo deportivo y turístico con la preservación del patrimonio
natural, la reducción de impactos territoriales o medioambientales y, cuando lo posibiliten los
ámbitos de implantación, con la mejora y regeneración de los entornos naturales.
§ 1.4 DECRETO 43/2008, DE 12 DE FEBRERO, REGULADOR
DE LAS CONDICIONES DE IMPLANTACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE CAMPOS DE GOLF EN ANDALUCÍA
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(Texto completo)
(BOJA núm. 41, de 27 de febrero de 2008)