Normativa Andaluza de Desarrollo en materia de Urbanismo, Legislación Sectorial y Normativa de Directa Aplicación - page 435

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(Los Anexos del Decreto 194/2010, han sido modificados por la Orden de 11 de Noviembre
de 2016, de la Consejería de Turismo y Deporte, publicada en el BOJA núm. 221 de fecha
17/11/2016, modificando los requisitos exigidos a estos tipos de alojamientos.)
Artículo 3. Competencias
1.   Corresponde a la Consejería competente en materia de turismo el ejercicio de las
competencias atribuidas a la Administración de la Junta de Andalucía en relación con la prestación
del servicio de alojamiento en establecimientos de apartamentos turísticos, y en particular:
a) La inscripción de oficio de los establecimientos de apartamentos turísticos en el
Registro de Turismo de Andalucía.
b) El ejercicio de las potestades de inspección y sancionadora en materia turística, sin
perjuicio de las que correspondan a otros órganos y Administraciones.
2.   Corresponde a los Ayuntamientos comprobar el cumplimiento de la normativa aplicable
que en cada caso corresponda, al tramitar las licencias municipales y otros actos de
control preventivo que afecten a los establecimientos de apartamentos turísticos ubicados
en su término municipal, y en particular:
a) La comprobación del cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en las
disposiciones vigentes que regulan las materias contempladas en el artículo 2, en la
Sección 4.ª del Capítulo II, en el Capítulo IV y en los Anexos I y II del presente Decreto.
b) La vigilancia sobre el mantenimiento del uso turístico de los establecimientos de
apartamentos turísticos conforme a la licencia municipal concedida, sancionando la
utilización de sus unidades de alojamiento para un uso residencial, en edificios en los
que este último uso no estuviera permitido por el planeamiento urbanístico en vigor,
conforme a lo previsto en el artículo 222 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre.
§ 11.5 DECRETO 194/2010, DE 20 DE ABRIL, DE ESTABLECIMIENTOS
DE APARTAMENTOS TURÍSTICOS (Selección)
(BOJA núm. 90, de 11 de mayo de 2010)
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