MANUAL PRÁCTICO DE TÉCNICA NORMATIVA - page 120

MANUAL PRÁCTICO DE TÉCNICA NORMATIVA
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a) La entrega a entidades sin ánimo de lucro o a las Administraciones Públicas.
b) La realización por medio de persona o entidad especializada.
c) La subasta pública.
Incluso los dos artículos posteriores a este artículo 367 se numeran como sexies y septies.
j) Remisiones
Las directrices 63 a 67 se refieren a las remisiones que las normas hacen a otras normas,
estableciendo una serie de reglas, que comienzan con su definición.
63. Naturaleza
Estamos ante una remisión cuando una disposición se refiere a otra u otras de modo que
el contenido de estas últimas deba considerarse parte integrante de los preceptos incluidos
en la primera.
Con el fin de determinar el alcance de las remisiones con la mayor precisión posible debe-
rán indicar que lo son y precisar su objeto con expresión de la materia, la norma a la que se
remiten y el alcance.
64. No proliferación
Deberá evitarse la proliferación de remisiones.
65. Uso de la remisión
Las remisiones se utilizarán cuando simplifiquen el texto de la disposición y no perjudiquen
su comprensión o reduzcan su claridad.
66. Indicación de la remisión
La remisión deberá indicarse mediante expresiones como “de acuerdo con”, “de conformi-
dad con”.
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